SAP Asturias 519/2009, 16 de Octubre de 2009

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2009:2652
Número de Recurso287/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución519/2009
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

SENTENCIA: 00519/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS

SECCIÓN SÉPTIMA

GIJÓN

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000287 /2009

SENTENCIA Núm. 519/2009

Iltmos. Sres. Magistrados:

PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO

MAGISTRADOS: D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE

D. JULIÁN PAVESIO FERNÁNDEZ

En GIJON, a dieciséis de Octubre de dos mil nueve.

VISTOS, por la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Procedimiento Ordinario núm. 217/2008, Rollo núm. 287/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Gijón; entre partes, como apelante Dña. Sandra representada por el Procurador D. Jaime Tuero de la Cerra bajo la dirección letrada de D. Gonzalo Martín-Jordán Úbeda, como apelado D. Andrés , representado por la Procuradora Dña. Dolores Abol Álvarez bajo la dirección letrada de Dña. Azucena Novoa Cardín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 4 de febrero de 2009 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "La desestimación de la demanda formulada por D. Jaime Tuero de la Cerra, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Dña. Sandra , absolviendo al demandado, D. Andrés , de las pretensiones contra él ejercitadas, condenando a la demandante, Dña. Sandra , al pago de las costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de Dña. Sandra se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 13 de loscorrientes.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Versa el recurso acerca de la pretensión principal de que se declare la nulidad de las capitulaciones matrimoniales, otorgadas por ambos cónyuges en el año 2003, a pretexto de los trastornos psíquicos padecidos por la actora que le privan del discernimiento necesario para su otorgamiento, careciendo aquel del consentimiento indispensable para su validez (artículo 1261 CC ). Por otra parte se alude en el recurso al rechazo de la pretensión subsidiaria encaminada a dar al inmueble reseñado en aquellas su valor real y la adición de determinados elementos complementarios a la liquidación que figura en la escritura, como un vehículo y el ajuar doméstico; se pretende también el reconocimiento de la deuda de 36.138,06 euros que figura en la escritura como entregada a la apelante cuando no lo fue en realidad, y la valoración del usufructo sobre la vivienda familiar, que tampoco consta y corresponde (según esgrime el recurrente) a la adjudicación de su uso concedida a la contraparte.

SEGUNDO

En orden a la falta de capacidad de la otorgante y correlativa de consentimiento contractual, la sentencia apelada debe confirmarse por sus propios fundamentos. No es sólo que deba presumirse la capacidad de la demandante para otorgar las capitulaciones, amparada por lo apreciado en la escritura por el Notario, para cuya conclusión es aplicable la doctrina jurisprudencial que se refiere en su mayoría a disposiciones testamentarias en instrumento público, que puede trasladarse íntegramente al caso enjuiciado. Así, declara, la sentencia Tribunal Supremo de 3 de marzo de2004. Esta doctrina se mantiene en forma reiterada desde antiguas sentencias de 25-4- 1959, 7-10-1982, 26-9-1988), precisando la de 20-2-1975 , que cuando los juzgadores de instancia aprecian que la prueba pericial no contaba con la...

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