SAP Murcia 349/2009, 15 de Junio de 2009

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2009:779
Número de Recurso189/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución349/2009
Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00349/2009

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Përez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

SENTENCIA Nº 349

En la ciudad de Murcia, a quince de junio de dos mil nueve.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Lorca y seguidos ante el mismo con el nº 70/08, -rollo nº 189/09 -, entre las partes, actora D. Juan Pedro , mayor de edad, vecino de Pozo Alcón (Jaén), con domicilio en calle DIRECCION000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Cañizares Millán y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Martínez-Torres Sánchez, y dirigido por la Letrada Sra. Alemán Ruiz; y demandada, Dª. María Dolores , en rebeldía. Versando sobre solicitud de guarda y custodia de hija menor extramatrimonial, y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Juan Pedro , al que se adhirió el Ministerio Fiscal, contra la sentencia de 27 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Lorca; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado

D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por el Procurador D. Juan Manuel Cañizares Millán en nombre y representación de D. Juan Pedro contra Dª. María Dolores , se acuerdan como medidas definitivas las acordadas en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, y todo ello sin expresa imposición de las costas".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso D. Juan Pedro recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 189/09 , y se señaló el 12 de junio de 2009 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Juan Pedro interpuso demanda de Juicio Verbal solicitando que se le otorgara la guarda y custodia de su hija Lorena , con las medidas definitivas sobre domicilio, pensión alimenticia y regímenes de visitas y estancias inherentes a dicho pronunciamiento.

Exponía la representación del actor que el 22 de marzo de 1997, cuando tenía 19 años de edad, tuvo a su hija tras una relación extramatrimonial. Desde entonces, aunque Lorena tenía y tiene una relación muy buena con su padre, estaba viviendo con su madre y abuelos maternos, y ese entorno materno estaba últimamente perjudicando a la menor, al haber presenciado episodios violentos y ofrecer un rendimiento escolar bajo, faltando al Colegio de forma injustificada.

Todo...

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