SAP Pontevedra 140/2004, 2 de Diciembre de 2004

PonenteJOSE CARLOS MONTERO GAMARRA
ECLIES:APPO:2004:1295
Número de Recurso124/2004
Número de Resolución140/2004
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA NUM: 140/2004

En PONTEVEDRA , a dos de diciembre de dos mil cuatro

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de Juicio Verbal de Faltas, seguidos ante el Juzgado de Instrucción de Pontevedra nº 2, con el número 441/2003 , Rollo nº 124/2004, sobre LESIONES POR IMPRUDENCIA, en el que son partes: Como apelante, Lázaro , y como apelados, David y la entidad "AGRUPACION MUTUAL ASEGURADORA (A.M.A.).

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha 26 de mayo de 2004, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente, dice: Que debo condenar y condeno a D. David , como autor responsable de una falta de LESIONES IMPRUDENTES a la pena de multa de QUINCE DÍAS a razón de cinco euros diarios, haciendo un total de SETENTA Y CINCO EUROS (75 EUROS), apercibiéndole de que en caso de impago quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, y a que indemnice , solidariamente con la Compañía de Seguros AMA, a D. Lázaro ,en la suma de OCHO MUIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS DE EURO (8.437,27 EUROS), más los intereses legales , condenándolo asimismo al abono de las costas del juicio.

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Lázaro , confiriéndose traslado del mismo a las restantes partes personadas y al Ministerio Fiscal por término de diez días, formulándose oposición a dicho recurso, en tiempo y forma, por los apelados, David y la entidad "Agrupación Mutual Aseguradora (A.M.A.).

Tercero

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso, y de impugnación al mismo, correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 25 de octubre de 2004, sin que por ninguna de las partes se haya interesado el recibimiento del juicio a prueba en esta instancia ni la celebración de la vista.

Cuarto

Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, que son los siguientes: Probado y así se declara que en fecha de 23 de octubre de 2003 se produjo un accidente de circulación en la confluencia de la calle Alfonso XIII con la calle Echegaray de Pontevedra, en el que se vieron implicados la motocicleta BMW ....RRR , conducida por su propietario, Lázaro , y el vehículo furgoneta Serena YE-....-ED , conducida por su propietario, David , y asegurada en la...

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