Ponente PILAR CERDÁN VILLALBA
Sentencia nº 691
Enlazar como:
http://audiencias.vlex.es/vid/1-2-25819360
Id. vLex: VLEX-25819360
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días
Se estima de oficio la excepción de litispendencia y, en lo necesario el recurso de apelación. La sentencia recurrida desestimó la demanda interpuesta al entender, que no cabía la reclamación del lucro cesante objeto de la misma, al haber un proceso penal en trámite en el que el actual actor no había renunciado a la acción civil sobre el mismo objeto. Contra dicha resolución alega la actora que: 1) debe declararse nula ya que, rechazada la excepción de litispendencia opuesta, se debió suspender el curso de los autos por prejudicialidad penal; 2)subsidiariamente, de no acordarse esa suspensión, se ha de haber analizando su reclamación por lucro cesante, no hecha en el proceso penal por no haberse celebrado el juicio.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 40 , 394 , 398 , 477
Código Civil. - Artículo 1902
Sentencia nº 691 de Audiencia Provincial - Valencia, de 19 de Noviembre 2003
Rollo 692/03
Sección 7ª. Rollo: 692/03 SENTENCIA Nº 691 SECCIÓN SÉPTIMA Ilustrísimos Señores Magistrados: Presidente Dª. Carmen Escrig Orenga Magistrados: D. José Antonio Lahoz Rodrigo Dª. Pilar Cerdán Villalba En la ciudad de Valencia a diecinueve de noviembre de dos mil tres. Vistos, ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación los autos de juicio verbal de tráfico nº 3...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
vLex es la mayor biblioteca jurídica digital de España con más de 5 millones de documentos incluyendo:
3
días de Acceso gratuíto
Pruebe vLex sin ningún compromiso durante 3 días y verá por qué necesita vLex.
Si ya es cliente de vLex, Acceda Aquí