Sentencia de Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª nº 868/2005, de 11 de Noviembre 2005

Audiencias Provinciales

Recurso nº 532/2005, Ponente MANUEL TORRES VELA
Sentencia nº 868/2005

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Resumen


RESPONSABILIDAD CIVIL. En el caso de autos, no habiéndose acreditado por el actor que hubiera procedido a la reparación de su vehículo y si por el contrario que se dió de baja sin repararlo, es evidente que no cabe concederle como indemnización el importe consignado en el presupuesto de reparación aportado, sino que en este caso la cuantía de la misma estará constituida por el valor de mercado o valor venal del vehículo, representado por la suma de 2130 euros consignado en el informe pericial aportado al efecto, que no ha sido dersivrtuado de contrario mas el 50% del importe de la reparación que como valor de afección viene estableciendo esta Sala en casos similares al que nos ocupa, lo que hace un total de 5734,42 euros, en que queda fijada la indemnización procedente, por lo que en dicho particular procede estimar en parte el motivo estudiado. Se estima la demanda. Se estima parte de la apelación.

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Extracto


Sentencia nº 868/2005 de Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª, de 11 de Noviembre 2005

MANUEL TORRES VELAJOSE LUIS LOPEZ FUENTESMELCHOR ANTONIO HERNANDEZ CALVO

S E N T E N C I A Nº 868

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO

1 DE RONDA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 532/2005

JUICIO Nº 86/2002

En la Ciudad de Málaga a once de noviembre de dos mil cinco.

Visto, por la SECCION CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen,...

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