SAP Valencia 610/2004, 10 de Noviembre de 2004

PonenteSUSANA CATALAN MUEDRA
ECLIES:APV:2004:4845
Número de Recurso644/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución610/2004
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 644/04

Autos: Juicio ordinario nº 452/02 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 5 de Gandía

Demandante-apelante.- D. Cornelio

Procurador.- Dª Elvira Santacatalina Ferrer

Demandado-apelado.- Comunidades y Promociones Urbanas S.A y Construcciones Julián López S.L

Procurador.- D. Antonio García Reyes Comino

Demandado-apelado.- Lajusmapi S.L

Procurador Dª Rosa Correcher Pardo

Demandado-apelado.- D. Miguel

Procurador.- D. Francisco Real Marques

Demandado-apelado.- D. Jose Miguel

Procurador.- Dª María Dolores Sirvent Escoda

SENTENCIA Nº____610/04____

SECCION UNDÉCIMA

ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES:

Magistrado Presidente,

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados:

Dña. Susana Catalán Muedra

D. Alejandro Giménez Murria En la ciudad de Valencia, a diez de noviembre de dos mil cuatro.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dña. Susana Catalán Muedra, los autos de juicio ordinario, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Gandía, con el núm. 452/02, por D. Cornelio contra Comunidades y Promociones Urbanas, S.A. y Construcciones Julián López, S.L., contra Lajusmapi, S.L., contra D. Miguel y contra D. Jose Miguel sobre "reclamación de vicios y defectos constructivos", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Cornelio, representado por la Procuradora Dña. Elvira Santacatalina Ferrer y asistido del Letrado D. Martín García Gómez contra Comunidades y Promociones urbanas, S.A. y Construcciones Julián López, S.L., representado por el Procurador D. Antonio García Reyes Comino y asistido del Letrado D. Enrique Moragues Nadal, contra Lajusmapi, S.L. representado por la Procuradora Dña. Rosa Correcher Pardo y asistido del letrado Dña. Rosana Pérez Peiró, contra D. Miguel representado por el Procurador D. Francisco Real Marqués y asistido del Letrado D. Francisco Real Cuenca y contra D. Jose Miguel representado por la Procuradora Dña. María Dolores Sirvent Escoda y asistido del Letrado Dña. Lucía Martínez Galvañ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm 5 de Gandía, en fecha 29 de marzo de 2004 en el juicio ordinario núm. 452/02 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Por todo lo expuesto y en ejercicio de la potestad que me confiere la Constitución española he decidido: 1.- Condenar a Comunidades y Promociones Urbanas S.A. a reparar a su costa los defectos que se relacionan a continuación y a eliminar las causas que los hayan generado, todo ello en relación con la vivienda sita en el nº NUM000 de la CALLE000 ": A.- Hay cinco baldosas de mármol de un color muy diferente al resto. B.- Hay cuatro puertas de armarios que presentan manchas oscuras en el lacado. C.- Hay doce tapas de persiana que no cierran bien. D.- Hay azulejos partidos y con los bordes rotos en el cuarto de baño de la segunda planta. E.- Hay tres peldaños rotos o manchados en la escalera. F.- Hay tres o cuatro tejas rotas. G.- Hay dos picaportes cuyas manivelas están oxidadas. H.- Han aparecido grietas en la esquina de la cocina, fondo de parcela y paramento posterior norte. 2.- Desestimar el resto de la demanda dirigida por don Cornelio contra Comunidades y Promociones Urbanas. 3.- Desestimar la demanda dirigida por don Cornelio contra don Miguel, don Jose Miguel, Construcciones Julián López S.L. y La Jusmapi S.A.

4.- Condenar a don Cornelio a pagar las costas que en este juicio hayan tenido don Miguel, don Jose Miguel, Construcciones Julián López, S.L. y La Jusmapi S.A.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Procurador D. Ramón Juan Lacasa en nombre y representación de D. Cornelio, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentaron en tiempo y forma escritos de oposición por los Procuradores D. Joaquín Muñoz Femenía, D. José María Frau Zocar, Dña. Yolanda Benimeli Soria y D. Joaquín...

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