Sentencia de Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª nº 64/2007, de 13 de Febrero 2007

Audiencias Provinciales

Recurso nº 295/2005, Ponente RAMON BELO GONZALEZ
Sentencia nº 64/2007

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Resumen


ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. PRESUPUESTO.S ANÁLISIS DEL CASO. Si bien es cierto que la responsabilidad por culpa extracontractual o aquiliana, aunque basada originariamente en el elemento subjetivo de la culpabilidad, ha ido evolucionando hacia un sistema que, sin hacer plena abstracción del elemento culpabilístico, acepta soluciones cuasi-objetivas, jamás objetivas, basadas en que quien crea un riesgo, para la obtención de su propio provecho debe responder de sus consecuencias frente al quebranto sufrido por un tercero a modo de lucro obtenido en su actuar peligroso, y por el cauce la inversión o atenuación de la carga probatoria, presumiendo culposa toda acción u omisión generadora de un daño indemnizable a no ser que el agente demuestre haber procedido con la diligencia debida a tenor de las circunstancias del lugar y tiempo, debe tenerse en cuenta que esta doctrina jurisprudencial no es de aplicación al supuesto de la colisión de dos vehículos de motor, pues en este caso al que reclama la indemnización le incumbe la carga de la prueba de que fue el conductor del otro vehículo el que observó una conducta culposa. Se estima la demanda. Se desestima el recurso de apelación.

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Extracto


Sentencia nº 64/2007 de Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª, de 13 de Febrero 2007

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00064/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

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N.I.G. 28000 1 7004357/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 295/2005

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 533/2004

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 20 de MADRID

Ponente: ILMO. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

CM

De: Tomás

Procurador: JORGE DELEITO GARCIA

Contra: Lidia MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA

Procurador: GABRIEL MARIA DE DIEGO QUEVEDO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILL...

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