Sentencia de AP Valencia, 13 de Enero de 2000

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Resumen


Responsabilidad civil

Del Consorcio de Compensación de Seguros

Límites

Dentro del art. 8º c) del Real Decreto Legislativo de 8 de junio de 1986, se prevé que entre las obligaciones del Consorcio del Compensación de Seguros está la de indemnizar los daños corporales y materiales producidos por vehículos matriculados en España, dentro del ámbito territorial, condiciones y límites establecidos en el art. 4º, cuando dicho vehículo no esté asegurado, salvo lo previsto en el art. 3º, apartado 3º del citado texto legal.

Legislación citada: art. 8 del Estatuto del Consorcio de Compensación de Seguros. Art. 1902 CC

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Extracto


Sentencia de AP Valencia, 13 de Enero de 2000

En la Ciudad de Valencia a trece de Enero de dos mil.

El Ilmo. Sr. D. Roberto Beaus Oficial, Magistrado de la Audiencia Provincial de Valencia, constituido en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 6 de Valencia y registrados en el mismo con el número 128 / 97, correspondiéndose con el rollo número 2258 / 99.

Han intervenido en el recurso el Sr. Abogado del Estado en la representación que ostenta,por ministerio de la Ley, del Consorcio de Compensación de Seguros, J.R.B., en calidad de apelantes, y M.C.G. en cal...

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