SAP Burgos 47/2014, 25 de Febrero de 2014
Ponente | MAURICIO MUÑOZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:APBU:2014:126 |
Número de Recurso | 38/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 47/2014 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BURGOS
SENTENCIA: 00047 /2014
SENTENCIA Nº 47
TRIBUNAL QUE LO DICTA:
SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS
ILMOS/AS. SRES/AS:
PRESIDENTE:
DOÑA ARABELA GARCÍA ESPINA
MAGISTRADOS/AS:
DON JUAN SANCHO FRAILE
DON MAURICIO MUÑOZ FERNÁNDEZ
SIENDO PONENTE: DON MAURICIO MUÑOZ FERNÁNDEZ
SOBRE: MODIFICACIÓN MEDIDAS DEFINITIVAS
LUGAR: BURGOS
FECHA: VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE
En el Rollo de Apelación número 38 de 2014, dimanante de Modificación Medidas Definitivas nº 1273/2012, del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Burgos, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 10 de octubre de 2013, siendo parte, como demandada- apelante, Dª Mariana
, representada en este Tribunal por la Procuradora Dª Ana Marta Miguel Miguel y defendida por el Letrado D. Luis Angel Torme Pereda (justicia gratuita); y como demandante-apelado, D. Aurelio, representado en este Tribunal por la Procuradora Dª María Victoria Llorente Celorrio y defendido por el Letrado D. Isidoro Minguez Pardo, designados en turno de oficio; y el MINISTERIO FISCAL.
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Victoria Llorente Celorrio en nombre y representación de D. Aurelio contra Dª Mariana debo acordar y acuerdo que durante un período de seis meses la entrega y recogida de la menor Raimunda
, se realizará en el Punto de Encuentro de esta ciudad, pudiendo efectuar las mismas el padre y/o la abuela paterna para el caso en que el padre no pudiera acudir; todo ello sin hacer ningún pronunciamiento en relación a las costas procesales.- Líbrese el correspondiente oficio a APROME, que dará cuenta mensualmente a este Juzgado de la realización de las visitas".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Dª Mariana, se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a Derecho.
El presente recurso de apelación ha sido deliberado y votado por la Sala en la fecha señalada al efecto el 25 de febrero de dos mil catorce.
La representación de Mariana (parte demandada) formula recurso de apelación contra la sentencia de fecha de 10- 10-2013 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Burgos por la que se estimaron parcialmente las pretensiones actoras en el sentido de la entrega y recogida de la menor en las visitas se realice en el punto de Encuentro de Burgos, pudiendo efectuar las mismas el padre y/o la abuela paterna para el caso de que el padre no pudiera acudir.
Pretende la parte apelante su revocación en el sentido de que para el cumplimiento del régimen de visitas se establezca y permita que la menor sea entregada y recogida en el domicilio de la madre bien por el padre en persona o bien por la madre de éste Dª Virginia .
Invoca, en...
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