SAP Baleares 43/2014, 20 de Febrero de 2014
Ponente | GEMMA ROBLES MORATO |
ECLI | ES:APIB:2014:439 |
Número de Recurso | 133/2013 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 43/2014 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de PALMA DE MALLORCA
Sección Primera
Rollo número 133/13
Órgano de Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE PALMA
Procedimiento de Origen: Procedimiento abreviado nº 171
SENTENCIA núm. 43/14
S.S. Ilmas.
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS
DOÑA FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLO
DOÑA ROCIO MARTÍN HERNÁNDEZ
DOÑA GEMMA ROBLES MORATO
En Palma de Mallorca, 20 de febrero de 2014
VISTO por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, compuesta por la Ilma. Sra. Presidenta Dª FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLO, y las Ilmas. Sras. Magistradas Dª ROCIO MARTÍN HERNÁNDEZ Y Dª GEMMA ROBLES MORATO el presente rollo número 133/13 en trámite de apelación contra la sentencia número 80/13 dictada el día 20 de febrero de 2013, en el procedimiento abreviado número 171/12 seguido ante el Juzgado de lo Penal número 6 de Palma de Mallorca, procede dictar la presente resolución sobre la base de los siguientes,
El Juzgado de lo Penal referido dictó sentencia en el citado procedimiento por la que condenaba a Braulio en concepto de autor de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con una falta de hurto intentada, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 1 año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el delito; y por la falta, a la pena de 20 días multa, a razón de cuota diaria de 6 euros, sujeta en caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas insatisfechas y al pago de las costas procesales.
Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de apelación por parte de la representación procesal del condenado. Producida la admisión de dicho recurso por entenderse interpuesto en tiempo y forma, se confirió el oportuno traslado con el resultado que obra en autos.
Remitidas y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Primera.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrada Ponente GEMMA ROBLES MORATO HECHOS PROBADOS
Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala procede declarar y declaramos como hechos probados los recogidos en la sentencia recurrida, que se aceptan y dan por reproducidos.
Frente a la sentencia de instancia interpone la representación procesal de Braulio recurso de apelación fundamentado en: 1) infracción de ley, indebida aplicación del artículo 202 del CP ; 2) el recurrente entró con la intención de obtener un beneficio ilícito económico, lo que debe interpretarse como " ánimo depredatorio" y no con la intención de mantenerse en la vivienda, por lo que no concurren los elementos del tipo del artículo 202 del CP .
Solicitaba la estimación del recurso de apelación y la revocación de la sentencia de instancia dictando otra por la que se absolviese al recurrente del delito de allanamiento de morada.
Se dio traslado al Ministerio Fiscal quién impugnó el recurso y solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.
Respecto a la cuestión planteada del dolo. Tiene declarado el...
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