SAP Baleares 43/2014, 20 de Febrero de 2014

PonenteGEMMA ROBLES MORATO
ECLIES:APIB:2014:439
Número de Recurso133/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución43/2014
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de PALMA DE MALLORCA

Sección Primera

Rollo número 133/13

Órgano de Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE PALMA

Procedimiento de Origen: Procedimiento abreviado nº 171

SENTENCIA núm. 43/14

S.S. Ilmas.

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

DOÑA FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLO

DOÑA ROCIO MARTÍN HERNÁNDEZ

DOÑA GEMMA ROBLES MORATO

En Palma de Mallorca, 20 de febrero de 2014

VISTO por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, compuesta por la Ilma. Sra. Presidenta Dª FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLO, y las Ilmas. Sras. Magistradas Dª ROCIO MARTÍN HERNÁNDEZ Y Dª GEMMA ROBLES MORATO el presente rollo número 133/13 en trámite de apelación contra la sentencia número 80/13 dictada el día 20 de febrero de 2013, en el procedimiento abreviado número 171/12 seguido ante el Juzgado de lo Penal número 6 de Palma de Mallorca, procede dictar la presente resolución sobre la base de los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal referido dictó sentencia en el citado procedimiento por la que condenaba a Braulio en concepto de autor de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con una falta de hurto intentada, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 1 año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el delito; y por la falta, a la pena de 20 días multa, a razón de cuota diaria de 6 euros, sujeta en caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas insatisfechas y al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de apelación por parte de la representación procesal del condenado. Producida la admisión de dicho recurso por entenderse interpuesto en tiempo y forma, se confirió el oportuno traslado con el resultado que obra en autos.

Remitidas y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Primera.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrada Ponente GEMMA ROBLES MORATO HECHOS PROBADOS

Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala procede declarar y declaramos como hechos probados los recogidos en la sentencia recurrida, que se aceptan y dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia interpone la representación procesal de Braulio recurso de apelación fundamentado en: 1) infracción de ley, indebida aplicación del artículo 202 del CP ; 2) el recurrente entró con la intención de obtener un beneficio ilícito económico, lo que debe interpretarse como " ánimo depredatorio" y no con la intención de mantenerse en la vivienda, por lo que no concurren los elementos del tipo del artículo 202 del CP .

Solicitaba la estimación del recurso de apelación y la revocación de la sentencia de instancia dictando otra por la que se absolviese al recurrente del delito de allanamiento de morada.

Se dio traslado al Ministerio Fiscal quién impugnó el recurso y solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Respecto a la cuestión planteada del dolo. Tiene declarado el...

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