SAP Barcelona 760/2005, 1 de Diciembre de 2005

PonenteVICTORIANO DOMINGO LOREN
ECLIES:APB:2005:11954
Número de Recurso29/2005
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución760/2005
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimotercera

ROLLO Nº 29/2005 A

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 721/2002 JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 IGUALADA S E N T E N C I A Nº 760

Ilmos. Sres.

D. JOAN BAUTISTA CREMADES MORANT Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

D. VICTORIANO DOMINGO LOREN

En la ciudad de Barcelona, a uno de diciembre de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 721/2002 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Igualada, a instancia de SERVISIMÓ S.L., contra SOTO BALLESTEROS S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de octubre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo íntegrament la demanda que va formular Jordi Dalmau Ribalta, procurador dels tribunals i de SERVISIMÓ, SL contra SOTO BALLESTEROS SL en els termes següents:

l. Condemno SOTO BALLESTEROS, SL a abonar a SERVISIMÓ SL la suma de DOTZE MIL SISCENTS SEIXANTA (l2.660) EUROS, més els interessos legals que hagi meritat aquesta suma des de la data de presentació de la demanda.

  1. Condemno la part demandada a abonar les costes que hagi causat la part demandant.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 29 de noviembre de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El día 2 mayo 2002, sobre las 18 horas, un empleado de la actora, dedicada a la compraventa de vehículos nuevos y usados, dejó en las instalaciones de la demandada el turismo B-4002-UX para que lo lavaran; después volvió a su lugar de trabajo y mas tarde, sobre la 20,30 pasó a recogerlo; entonces un empleado de la demandada, llamado Ricardo, le dijo que había pasado una persona vestida con "funda" de trabajo y se lo había llevado. Regreso a su trabajo para comprobar lo que el habían dicho y nadie había pasado a recoger el vehículo. Reclama su importe.

El juzgador de instancia estimando que había existido un una omisión involuntaria de diligencia por parte de los empleados de la demandada al dejar el coche aparcado y con las llaves puestas, a pesar de que ello fuese practica habituales entre las partes, estima la demanda.

Se alza contra ella la demandada que alega en su recurso:

- no se ha...

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