SAP Barcelona 711/2006, 22 de Diciembre de 2006

PonenteMARTA FONT MARQUINA
ECLIES:APB:2006:12780
Número de Recurso341/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución711/2006
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOCUARTA

ROLLO Nº 341-2006

EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES nº 85-1993 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE BADALONA S E N T E N C I A Núm. 711

ILMOS. SRES.

D./Dª. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ

D./Dª. MARTA FONT MARQUINA

D./Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER

En Barcelona, a veintidós de diciembre de dos mil seis

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Ejecución de Títulos Judiciales nº 85-1993, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Badalona, a instancia de D. Gabriel representado por el Procurador D. Joan E. Dalmau Piza, contra BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO S.A. representado por el Procurador D. Carlos Pons de Gironella; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 1 de marzo de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la impugnación de la tasación de costas por indebidas entablada por D. Gabriel debo aprobar y APRUEBO la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria de este Juzgado con fecha de 1 de octubre de 2.003 en el juicio ejecutivo número 85 de 2.003 de que dimana este incidente, con imposición de las costas de este incidente a la parte impugnante.".

SEGUNDO

Compareció en esta alzada, la parte, representada por el Procurador D. Joan E. Dalmau Piza, y defendida por el Letrado D. Rodolfo Llacuna Mestres. La vista del recurso, con asistencia de las partes comparecidas, se celebró el día 4 de diciembre de 2006.

Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. MARTA FONT MARQUINA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de la resolución recurrida.

PRIMERO

Efectuada la tasación de costas a que fue condenado el demandado en autos de juicio ejecutivo 85/93, según sentencia que devino firme en julio de 1.996, se impugna por la parte condenada a dichas costas, por entender que son indebidas al haber transcurrido más de nueve años desde la sentencia. Al efecto se remite a la doctrina del retraso desleal en el ejercicio de las acciones e invoca la mala fe procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Código civil.

SEGUN...

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