Sentencia nº 21/2000 de AP Soria, 21 de Febrero de 2000
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Resumen
COMPRAVENTA. CARÁCTER CONSENSUAL. EFECTOS: Dado el carácter consensual del contrato de compraventa se admite plenamente la posibilidad de que alguien venda a cambio de precio sin que se le exija que sea el propietario de la cosa vendida. La obligación nace y el vendedor debe entregar la cosa lo que afectará únicamente a la consumación del contrato, y se manifiesta en la obligación de indemnizar en el supuesto de incumplimiento si no se pudiere adquirir aquello a lo que libremente se comprometió. Se estima parcialmente la demanda. Se estima parcialmente la apelación.
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Extracto
Sentencia nº 21/2000 de AP Soria, 21 de Febrero de 2000
SENTENCIA CIVIL Nº 21/2000
Ilmos. Sres.Magistrados:MIGUEL ANGEL DE LA TORRE APARICIORAFAEL MARIA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATEMARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZEn SORIA, a veintiuno de Febrero de dos mil .Esta Audiencia Provincial de Soria, ha visto el recurso de apelación civil arriba indicado, dimanante de los autos del juicio Menor Cuantía 57/98, contra la sentencia dictada por el Juzgado de instancia .Son partes en el presente recurso: como apelantes y demandantes: Mauricio y Daniela , representados por la Procuradora Sra. Alcalde Ruiz y asistidos por el Letrado Sr. Arranz Muñecas; como apelante y demandado: Luis Francisco , representado por la Procuradora Sra. Muro Sanz, y asistido ...Ver el contenido completo de este documento
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