Sentencia de Audiencia Provincial, 17 de Marzo de 2004

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Resumen


RÉGIMEN DE VISITAS. PENSIÓN DE ALIMENTOS. Los ingresos mensuales de la esposa son inferiores a los del esposo. La esposa dedicó buena parte del tiempo de duración del matrimonio al cuidado del hogar, el esposo y los hijos en tanto que el esposo ejercía libremente su profesión contando además con la importante colaboración de la esposa que asumía la llevanza de la contabilidad del negocio, hecho admitido por el propio esposo. Por lo tanto concurren de forma clara los presupuestos que la ley, en concreto el artículo 84 del Código de Familia de Catalunya, exige para el reconocimiento del derecho a percibir pensión compensatoria que responde a la necesidad de equilibrar en lo posible el empeoramiento que la separación o el divorcio puedan ocasionar en el nivel de vida de uno de los cónyuges en relación con el que conserve el otro. No se hace lugar a los recursos de apelación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de Audiencia Provincial, 17 de Marzo de 2004

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ Mª BACHS ESTANY

Dª. ANA Mª GARCÍA ESQUIUS

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de marzo de dos mil cuatro

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Separación Matrimonial Contenciosa nº 241/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de St. Feliu Ll., a instancia de Dª. Julieta , contra D. Armando ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 2 de Octubre de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado, habiendo tenido la debida in...

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