Sentencia de Audiencia Provincial, 7 de Junio de 2002
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
CONTRATO DE SEGURO. CUESTIONARIO PREVIO. SEGURO DE VIDA PARA NO FUMADORES. FALSEDAD DE LA DECLARACIÓN DEL ASEGURADO. ANÁLISIS DEL CASO. Si bien ha quedado acreditado en el presente caso a través de la prueba pericial caligráfica, que la firma que obra en el cuestionario previo que la entidad aseguradora aportó al procedimiento es falsa, pues la misma no fue estampada por el asegurado, ello no implica la conclusión de que al mismo no se le formularon las correspondientes preguntas sobre su estado de salud y menos todavía a la de que éste no omitió datos ocircunstancias fundamentales al respecto, pues con independencia de que estampara o no su firma en ese cuestionario, el seguro de vida concertado es uno específico y determinado para personas no fumadoras, seguro cuyas primas son inferiores porque en estas personas existe un menor riesgo de que desarrollen las enfermedades asociadas al tabaquismo, que comportan complicaciones cardiovasculares o pulmonares o cánceres igualmente relacionados con dicho tabaquismo, lo que supone que aquellas tienen en principio mayores posibilidades de no padecer estas enfermedades y, por consiguiente, una mayor expectativa de vida o, si se quiere, un menor riesgo de fallecer por tales causas, lo cual implica que debe deducirse que se le pregunto al asegurado si era o no fumador y, lógicamente, también sobre su estado de salud, y no sólo el asegurado era fumador sino que además un año antes de suscribir la póliza había desarrollado ya un cáncer de pulmón asociado al tabaquismo, que supuso una extirpación pulmonar, y diez meses antes de dicho seguro un nuevo crecimiento del tumor maligno y una metástasis en otras regiones o partes, produciéndose a partir de este momento, y pese a las medidas paliativas empleadas, un rápido e irreversible deterioro de su estado de salud que presagiaba el fallecimiento en un relativo corto plazo. Se desestima la demanda. Se desestima el recurso de apelación.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Aseguradora
Extracto
Sentencia de Audiencia Provincial, 7 de Junio de 2002
SENTENCIA
Barcelona, 7 de junio de dos mil dos.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "FALLO: Que debo desestimar como desestimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Raspall Gonzalez, en nombre y representación de Doña Rocío , absolviendo a los demandados, Catalana de Occidente y D. Armando , de sus pretensiones, sin hacerespecial pronunciamiento sobre costas. No ha lugar a deducir testimonio de particulares para proceder penalmente por delito de falso testimonio contra Jose Pablo ".SEGUNDO.- Las partes que comparecieron en el acto de la vista del recurso de apelación, celebrada en el día y a la hora previamente fijados, formularon las petic...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
El mal gusto | Sentencia de AP Cádiz Sección 5ª March 20 2003 | El 44% desea un debate sólo entre Aznar y Almunia | liturgia electoral | Acórdãos nº 200490 de TJSP Tribunal de Justiça do Estado de São Paulo November 09 2011 | A Question of Sport 10.35pm, [...] | acórdão nº 70044850709 de tribunal de justiça do rs, décima quarta câmara cível, october 27, 2011 | Safe Nicked at Busy Pub ; Crime