Sentencia de Audiencia Provincial - Ciudad Real nº 371/1999, de 08 de Noviembre 1999

Audiencias Provinciales

Ponente José María Torres Fernández de Sevilla.
Sentencia nº 371/1999

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Resumen


Litisconsorcio.

Litisconsorcio pasivo necesario.

En el juicio de autos en el que se pretende y declara en primera instancia la servidumbre de paso a través de la finca del demandado deben también ser citados a juicio necesariamente el resto de loscolindantes de la finca para que no ocurra, como en el caso de autos, que se de el paso por el punto mas perjudicial para el demandado que el incluso propuesto en la demanda; de ahí que deba revocarse la sentencia en este sentido.

Legislación citada: Código Civil, art. 564.

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Extracto


Sentencia nº 371/1999 de Audiencia Provincial - Ciudad Real, de 08 de Noviembre 1999

Iltmos. Sres.

Presidente: D. José María Torres Fernández de Sevilla.

Magistrados D. Cesáreo Duro Ventura

D. Luis Casero Linares

En Ciudad-Real a ocho de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de la SECCION PRIMA de la Audiencia Provincial de esta Capital, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados al principio y margen relacionados, ha examinado y votado el recurso de los autos de Proceso Civil de Cognición 25/99 del Juzgado de Primera Instancia número DOS de VALDEPEÑAS, ...

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