SAP Málaga 134/2015, 16 de Marzo de 2015

PonenteMARIA TERESA SAEZ MARTINEZ
ECLIES:APMA:2015:205
Número de Recurso930/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución134/2015
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

S E N T E N C I A Nº 134

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION QUINTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. HIPOLITO HERNANDEZ BAREA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

Dª. INMACULADA MELERO CLAUDIO

Dª. Mª TERESA SAEZ MARTINEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª INSTANCIA Nº 2 DE FUENGIROLA.

ROLLO DE APELACIÓN Nº 930/12.

JUICIO Nº 2059/10.

En la Ciudad de Málaga a 16 de marzo de 2.015.

Visto, por la SECCION QUINTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio ordinario nº 2059/10seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Dña. Natividad, representadapor laProcuradoraSra. Martín López, que en la primera instancia fuera parte demandada. Es parte recurrida CC.PP. DIRECCION000

, representado por el Procurador Sr. Carrión Mapelli, que en la primera instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 06/02/12, en el juicio antes dicho, cuyo fallo es como sigue:

"Que estimando íntegramente la demanda presentada Condeno a Natividad, a restituir a su estado original, la plaza de aparcamiento de su propiedad, num 91, retirando de la misma los cerramiento colocados, por no estar autorizados por la Comunidad, con imposición de costas procesales.".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a este Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 13 de marzo de 2.015, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrado Dña. Mª TERESA SAEZ MARTINEZ quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 se formuló demanda de juicio ordinario reclamando una obligación de hacer al amparo de la LPH, contra Dña. Natividad, recayendo en la instancia sentencia estimatoria de sus pretensiones. Por la representación procesal de Dña. Natividad se interpone el presente recurso de apelación contra la mencionada resolución alegando, en esencia, error en la valoración de la prueba practicada en autos.

SEGUNDO

La lectura del desarrollo argumental de los motivos que se están examinando, pone de relieve que lo que realmente se pretende por la recurrente es realizar una valoración de la prueba practicada, de manera distinta a la efectuada en la sentencia recaída en primera instancia, con el propósito de contraponer su personal criterio al del Tribunal "a quo", lo cual, resulta inadmisible y ello sólo, bastaría para desestimar los motivos en cuestión. Por otro lado, no es posible atribuir a la sentencia recurrida infracción alguna respecto a los preceptos legales que examina, toda vez que en dicha sentencia se realiza suficiente argumentación jurídica respecto de los mismos. Por la representación procesal del apelante se interesó la admisión en esta alzada de una serie de pruebas que resultaron inadmitidas, toda vez que si la apelante no fue parte en el procedimiento por causas sólo a ella imputables, no puede proponer la practica de prueba alguna en ésta alzada, al no concurrir los requisitos establecidos para ello en el artículo 460, 3 de la vigente LEC . Por otra parte, la apelante alega en su recurso que el cierre de la plaza de acaparamiento objeto del procedimiento, data de hace mas de 20 años, cuestión nueva que introduce en esta alzada y que no fue objeto de controversia en la instancia. El recurso de apelación persigue, con arreglo a los fundamentos de hecho y derecho de las pretensiones formuladas ante el tribunal de primera instancia, que se revoque un auto o sentencia y que, en su lugar, se dicte otro u otra favorable al recurrente, mediante un nuevo examen de las actuaciones llevadas a cabo ante aquel tribunal y conforme a la prueba...

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