SAP Orense 198/2015, 2 de Junio de 2015

JurisdicciónEspaña
Número de resolución198/2015
EmisorAudiencia Provincial de Orense, seccion 1 (civil)
Fecha02 Junio 2015

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

SENTENCIA: 00198/2015

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por las Ilmas. Sras. Magistradas Dña. Ángela Domínguez Viguera Fernández, Presidente, Dña. Josefa Otero Seivane y Dña. María José González Movilla, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM. 198/2015

En la ciudad de Ourense a dos de junio de dos mil quince.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio incapacitación 316/13 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Verín, Rollo de Apelación núm. 154/15, entre partes, como apelante, D. Apolonio, representado por el procurador D. Antonio Álvarez Blanco, bajo la dirección del letrado D. Raúl Rodríguez Lamas, y, como apelados, el Ministerio Fiscal y Fundación Pública Galega para a Tutela de Persoas Adultas (FUNGA).

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María José González Movilla.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Verín dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 10 de diciembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Declaro la incapacidad total de Dña. Virginia para regir su persona y para decidir sobre sus bienes. El incapaz carece de toda capacidad de obrar, y se encuentra imposibilitado para ejercer el derecho de sufragio.- Designo como tutor de Dña. Virginia a la Funga.- No se hace pronunciamiento sobre costas ".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Apolonio recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

En virtud del presente recurso de apelación, por el apelante Don Apolonio se pretende la revocación parcial de la sentencia que declaraba la incapacidad de Dña. Virginia, de la que es pareja de hecho, solamente en el extremo referido a la designación de la FUNGA como tutora de la misma, entendiendo que no existen motivos para alterar el orden de delación de la tutela previsto en el Código Civil, en virtud del que equiparándose la situación del cónyuge a la de la pareja de hecho conforme a la Disposición Adicional Tercera de la Ley de Derecho Civil de Galicia 2/2006, a él le corresponde desempeñar el cargo, teniendo en cuenta además lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 10/1998, e 15 de julio, de la Generalitat de Catalunya, a la que se acogieron al constituirse en pareja de hecho, que señala el conviviente ocupa el primer lugar en el orden de preferencia de la delación dativa. El Ministerio Fiscal se opuso al recurso solicitando la confirmación de la resolución recurrida en su integridad. Planteada así la cuestión controvertida ha de indicarse que el artículo 234 del Código civil establece un...

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