SAP Barcelona 118/2015, 14 de Mayo de 2015
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 118/2015 |
Emisor | Audiencia Provincial de Barcelona, seccion 11 (civil) |
Fecha | 14 Mayo 2015 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN UNDÉCIMA
ROLLO Nº 1073/2012
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1639/2010
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 BADALONA (ANT.CI-5)
S E N T E N C I A Nº 118/2015
Ilmos. Sres.
Josep Maria Bachs Estany (Presidente)
Francisco Herrando Millan (Ponente)
Maria del Mar Alonso Martinez
En Barcelona, a 14 de mayo de 2015.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 1639/2010 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Badalona (ant.CI-5), a instancia de D. /Dña. Sergio contra MOONLIGHT ILUMINACION S.L.. SEGUROS BILBAO, Victoriano y FREECOMPANY, S.C.C.P., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de septiembre de 2012, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Sergio contra
D. Victoriano, FREE COMPANY SL, MOONLIGHT ILUMINACIÓN SL y SEGUROS BILBAO
Y ABSOLVER A D. Victoriano, FREE COMPANY SL, MOONLIGHT ILUMINACIÓN SL y SEGUROS BILBAO de todos los pedimentos efectuados en su contra.
Las costas se imponen a la demandante. "
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Sergio y dado el oportuno traslado a las demás partes se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 17 de diciembre de 2014.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado D. Francisco Herrando Millan.
Promovió la parte actora las presentes actuaciones en reclamación de cantidad por los daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo en base a la responsabilidad contractual y extracontractual imputable a los demandados. Admitida a trámite la demanda y emplazados los demandados, compareció en tiempo y forma Sapicc S.C.C.L. oponiendo la excepción de su falta de legitimación pasiva (f. 141 ss.) Seguros Bilbao y su asegurada Moonlight Iluminación S.L. comparecieron en tiempo y forma con la misma representación procesal y dirección letrada (f. 165 ss.) oponiéndose a la demanda y suplicando su desestimación. Moonlight Iluminación W SL. amplió su contestación (f. 244 y ss). Compareció el demandado Sr. Victoriano contestando a la demanda suplicando su desestimación (f. 348, ss. TII). Por decreto de 8-7-11
(f. 398) se sobreseyó el proceso respecto a Sapic, SCCL y se amplió a Free Company, SCCL. Esta compareció y contesto la demanda (f. 411, ss) suplicando su desestimación. Tras los trámites procesales pertinentes se dictó sentencia desestimando demanda, Contra la sentencia se alzó la parte actora.
Se admiten y dar por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Para la adecuada resolución del recurso es preciso resaltar los siguientes hechos probados: Moonligth Iluminación S.L. contrató al actor para la instalación de la iluminación del evento. El actor es trabajador autónomo. Seguros Bilbao era la aseguradora de la mercantil contratante Moonligth I. SL. El Sr. Victoriano era empleado a tiempo parcial de Freecompany, SCP.
Las sentencias a dictar en la alzada deben ceñirse a las puntos y cuestiones planteados en el recurso y, en su caso, en los escritos de oposición o impugnación a tenor del art. 465 en relación con el art. 461 LEC . Así mismo el recurso debe ceñirse a los fundamentos de hecho y derecho articulados en la primera instancia sin que se pueda alterar los mismos a tenor de los arts. 218 ; 456 LEC .
Apoyó su recurso la parte apelante en la infracción de los preceptos de la LPRL por la demandada Moonligth, Iluminación S.L.. No puede prosperar el motivo. De los medios de prueba obrantes en los autos, declaración a la Hacienda Pública (f. 58, SS) hecho propio (Hecho primero de la demanda) el actor era trabajador autónomo. En consecuencia la relación con la contratante no era...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba