SAP Málaga 194/2015, 13 de Abril de 2015

PonenteMANUEL TORRES VELA
ECLIES:APMA:2015:946
Número de Recurso733/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución194/2015
Fecha de Resolución13 de Abril de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

S E N T E N C I A Nº 194/2015

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION CUARTA

MAGISTRADO-PONENTE ILMO. SR.

D. MANUEL TORRES VELA

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE TORREMOLINOS (ANTIGUO MIXTO Nº3)

ROLLO DE APELACIÓN Nº 733/2014

AUTOS Nº 343/2011

En la Ciudad de Málaga a trece de abril de dos mil quince.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA, integrada por el Magistrado indicado al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Juicio Verbal seguido en el Juzgado referenciado. Interpone el recurso D. Hipolito que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. FELIX GARCIA AGÜERA y defendido por el Letrado D. SALVADOR MARTINEZ ECHEVARRIA. Es parte recurrida D. Raimundo que está representado por el Procurador D. SANTIAGO SUAREZ DE PUGA Y BERMEJO y defendido por el Letrado D. ALVARO ORTIGOSA SOLORZANO, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 9 de abril de 2014, cuya parte dispositiva es como sigue: " Que estimando íntegramente la demanda promovida por DON Raimundo contra DON Hipolito , debo condenar y condeno al mismo a abonar al actor la suma de 39.585.2 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda y del arts.576 de la LEC . desde la fecha de esta sentencia y con imposición de las costas procesales causadas al demandado."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el/la Ilmo./a Sr./Sra. Magistrado/a D./Dña. MANUEL TORRES VELA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que estimó la demanda origen de este procedimiento, condenando al demandado a que abone al actor la cantidad reclamada de 39.585,20 euros, importe de las rentas del arrendamiento vencidas y no pagadas desde la extinción del arriendo hasta la entrega al actor de los locales arrendados, se alza el presente recurso de apelación, que en síntesis se sustenta en que el importe de reclamación formulada debe amortiguarse por haber demorado el actor innecesaria e injustificadamente dos años la toma de posesión del local arrendado y porque desalojó voluntariamente el local a finales de 2008, siendo, por tanto, innecesario el procedimiento de desahucio instado.

La parte apelada impugnó las alegaciones efectuadas de contrario, solicitando la confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El recurso promovido por la representación de la parte demandada ha de ser desestimado, por cuanto todas las cuestiones suscitadas por dicha parte en su escrito de recurso, repetición de las efectuadas en la...

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