SAP Orense 428/2015, 29 de Diciembre de 2015

PonenteJOSEFA OTERO SEIVANE
ECLIES:APOU:2015:875
Número de Recurso294/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución428/2015
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

SENTENCIA: 00428/2015

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Josefa Otero Seivane, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM. 428/2015

En la ciudad de Ourense a veintinueve de diciembre de dos mil quince.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio verbal 307/14 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de O Barco de Valdeorras, rollo de apelación núm. 294/15, entre partes, como apelante, la entidad mercantil Aditivos e Servizos Galegos Sergal SL, representada por la procuradora Dña. María Jesús Santana Penín, bajo la dirección del letrado D. Ramón Núñez Fernández y, como apelada, la entidad mercantil France Telecom España, SA, representada en la instancia por el procurador D. Jorge Vega Álvarez, bajo la dirección del Abogado D. Brais Touriño Vázquez.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de O Barco de Valdeorras, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 12 de marzo de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por France Telecom España SA representada por el procurador Sr. Vega Álvarez contra Aditivos e Servizos Galegos Sergal SL, representada por el procurador Sr. Martínez Rodríguez y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de tres mil seiscientos cuarenta y tres euros y seis céntimos de euro (3643,6 euros), más los intereses legales, así como al pago de las costas procesales ".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, la representación procesal de la entidad mercantil Aditivos e Servizos Galegos Sergal SL interpuso recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

Examinadas las actuaciones el Tribunal constató la ausencia del CD de grabación de la vista celebrada el 10 de marzo de 2015 por el Juzgado de Instancia, figurando al folio 120 de las actuaciones diligencia de constancia extendida por el Secretario de dicho órgano judicial en la que indica "... que por motivos técnicos no consta la grabación del presente juicio verbal por lo que no se puede aportar CD con el presente procedimiento".

Cuarto

Conferido traslado a las partes por plazo común de tres días a efectos de posible...

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