SAP Pontevedra 148/2016, 21 de Marzo de 2016

PonenteJAIME CARRERA IBARZABAL
ECLIES:APPO:2016:471
Número de Recurso378/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución148/2016
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00148/2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 PONTEVEDRA

N01250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

MG

N.I.G. 36057 42 1 2011 0006262

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000378 /2015

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 8 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000395 /2011

Recurrente: MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS S.A. MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS S.A

Procurador: GLORIA QUINTAS RODRIGUEZ

Abogado: MANUEL ZORRILLA RIVEIRO

Recurrido: IMPERMEBA S.L., COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000

Procurador: SUSANA BOQUETE RODRIGUEZ, JOSE FRANCISCO VAQUERO ALONSO

Abogado: IGNACIO PEREZ AMOEDO, LINO ROMERO ALONSO

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO Y DON JULIO PICATOSTE BOBILLO, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA núm. 148/16

En Vigo, a veintiuno de marzo de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 395 /2011, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 8 de VIGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 378 /2015, en los que aparece como parte apelante-demandada, "MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS S.A.", representado por el Procurador de los tribunales, doña GLORIA QUINTAS RODRIGUEZ, asistido por el Letrado Don MANUEL ZORRILLA RIVEIRO, y como parte apelada- demandada, IMPERMEBA S.L., representado por el Procurador de los tribunales, Doña SUSANA BOQUETE RODRIGUEZ, asistido por el Letrado Don IGNACIO PEREZ AMOEDO; como parte apelada-IMPUGNANTE, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS c/ DIRECCION000 NUM000 representado por el Procurador de los tribunales Don José Vaquero Alonso, asistido por el Letrado Don Lino Romero Alonso.

Siendo Ponente el Ilmo. Magistrado DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 8 de Vigo, se dictó sentencia con fecha 16-01-2015, en el procedimiento del que dimana este recurso, cuyo fallo textualmente dice:

"Que estimando en parte la demanda formulada en autos de Juicio Ordinario nº 395/2011 por el Procurador don José F. Vaquero Alonso, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del edificio situado en la DIRECCION000 nº NUM000 de Vigo, contra "IMPERMEBA, S.L." y "MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS, Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A.", sobre incumplimiento contractual, debo condenar y condeno a las demandadas a abonar solidariamente a la actora la suma de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (18.349,65 €), incrementada para la aseguradora demandada con el interés del art. 20 LCS desde la fecha de interposición de la demanda, y debiendo tenerse en cuenta respecto a la misma la franquicia pactada de 1.202,02 €."

Segundo

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS S.A. que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, por la representación procesal de Impermeba, S.L. se presentó escrito de adhesión a parte del mismo y de oposición en lo relativo a la cobertura de la póliza contratada; y por la de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 escrito de oposición e impugnación de la sentencia; impugnación a la que se opuso la apelante principal.

Cumplimentados los trámites legales y elevadas las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución el recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala. Se señaló el día 17-03-2016 para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Recurso de la compañía aseguradora "Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros S. A." .

  1. El primero de los motivos impugnatorios se relaciona con la ausencia de responsabilidad de la compañía aseguradora, que se fundamenta en la cláusula de exclusión de cobertura que se incluye en el epígrafe "Alcance del seguro" de las Condiciones Especiales de la póliza y que literalmente expresa: " En el caso de la realización de obras de reforma, ampliación, acondicionamiento, reparación o instalación en recintos propiedad de terceros, siempre que no se trate de trabajos parciales que formen parte de una obra general, el seguro ampara las consecuencias de los daños materiales ocasionados a las partes no afectadas directamente por dichas obras o trabajos ".

    La sentencia de instancia rechaza tal motivo de oposición, sobre la base de que las Condiciones Especiales de la póliza no aparecen firmadas por el asegurado. Frente a lo que la aseguradora, en su recurso, precisa que la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de junio de 2007, destaca como referencia válida de aceptación de las Condiciones Especiales, "la firma de las Condiciones particulares por el tomador en las que se remite a las cláusulas limitativas que se recogen en las condiciones especiales".

    Es cierto que en las Condiciones Particulares del Seguro de Responsabilidad Civil suscrito entre "Impermeba S. L." y la entidad "Mapfre Industrial S. A.", que ha aportado está ultima a la litis, se especificaba lo siguiente: "Mediante la firma del presente contrato, el tomador del seguro: Acepta expresamente las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado que se resaltan en letra negrita en las Condiciones Especiales...

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