SAP Zaragoza 142/2017, 21 de Abril de 2017

PonenteMARIA JESUS SANCHEZ CANO
ECLIES:APZ:2017:872
Número de Recurso16/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución142/2017
Fecha de Resolución21 de Abril de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00142/2017

R.16/17

SENTENCIA NÚMERO CIENTO CUARENTA Y DOS

Ilmos./a Señores/a:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

Dª María Jesús De Gracia Muñoz

Dª María Jesús Sánchez Cano

En la Ciudad de Zaragoza, a veintiuno de abril de dos mil diecisiete.

Visto por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los/la Magistrados/a del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario, seguidos con el número 246/16, de que dimana el presente Rollo de apelación número 16/17, en el que han sido partes, apelante, la demandada CASTILLERO Y ASOCIADOS, S.L., representada por la Procuradora Dª Silvia Garcia Vicente y asistido por el Letrado D.Fermín Gonzalez Guinguin y, apelada e impugnante D. Everardo, representada por el Procurador D. Luis Gállego Coiduras y asistida por el Letrado D. Santiago Monclús Fraga, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª María Jesús Sánchez Cano.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª. Instancia Número Catorce de Zaragoza, se dictó sentencia de fecha 25 de octubre de 2016, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que estimando en parte la demanda planteada por la representación procesal de D. Everardo contra la entidad mercantil Castillero y Asociados S.L., debo condenar y condeno a ésta a que abone al actor la suma de 15.365,20 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la interpelación judicial, sin hacer condena en costas.

SEGUNDO

Contra dicha resolución ambas partes interpusieron sendos recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes se remitieron los autos a este Tribunal el día 23 de enero de 2017, dando lugar a la formación del presente rollo, señalándose para discusión y votación el día 31 de marzo de 2017, en que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la Sentencia apelada y

PRIMERO

El presente recurso trae causa de la reclamación formulada por el Procurador Sr. Gallego Coiduras, en la representación acreditada de la D. Everardo, en la cual se insta demanda de Juicio Ordinario frente a la entidad "CASTILERO Y ASOCIADOS SL", en reclamación de la cantidad de TREINTA MIL SETECIENTOS EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (30.730,41 €), en concepto de daños y perjuicios derivados de la sanción impuesta por la Agencia Tributaria, por ser imputable a la negligencia de la Asesoría demandada. Todo ello, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas.

En la contestación a la demanda, la demandada, "CASTILERO Y ASOCIADOS SL", representada por la Procuradora Sra. García Vicente, se opuso a las pretensiones de la demandante, alegando que la relación contractual entre las partes consiste en un contrato de arrendamiento de servicios que se limita a la asesoría contable y fiscal a cambio de una contraprestación mensual, pero, que no comprende ni la auditoría de cuentas ni la comprobación de si los datos y documentos facilitados por el clientes son fidedignos. Del mismo modo, la mercantil demandada argumenta que las actas de conformidad que traen causa de la actividad fiscal inspectora fueron también suscritas por el propio demandante. Asimismo, en cuanto al régimen fiscal de la actividad del actor, pone de relieve que es el de estimación directa y por tanto, no se trata de confeccionar las declaraciones tributarias según márgenes comerciales sobre precios de compra de tabaco a proveedores, sino sobre sus ventas reales, tanto de tabaco como del resto de productos que vende al público. Añade igualmente, el demandado que confeccionaba las declaraciones fiscales del demandante sobre los datos y documentos que éste le facilitaba.

Por todo ello, solicita la empresa demandada que se dicte sentencia por la cual se desestime la demanda íntegramente, absolviéndola de la misma, con imposición de costas a la actora

Frente a la sentencia de instancia, que estima en parte la demanda, se alza la parte demandada, formulando el presente recurso de apelación, que, en síntesis se fundamenta en que la sentencia no valora correctamente la prueba practicada, dando por probados dos hechos esenciales que, a su juicio, no han quedado acreditados, como son el objeto del encargo profesional y el error en la confección de las declaraciones fiscales del actor cometido por parte de la mercantil demandada. Asimismo, la apelante alega la existencia de una errónea valoración de la prueba respecto a las normas que regulan la actividad profesional de la demandada ni las obligaciones que incumben al actor y la propia demandada en su relación contractual.

Por todo ello, la recurrente solicita se dicte sentencia, revocando la de instancia y desestimando íntegramente la demanda, con imposición de costas a la actora.

A dicho recurso se opuso la demandante, que, a su vez, impugna la sentencia de instancia, en lo que se refiere al pronunciamiento en el cual se declara que se debe reducir la indemnización a cargo de la demandada en un 50% por concurrencia de culpas con la demandante, argumentando que se trata de una mera apreciación subjetiva del Juez "a quo". En este sentido, interesa la parte recurrente la estimación de su recurso de apelación y en consecuencia, de la demanda formulada, o subsidiariamente, se condene a la demandada al pago del 70% de las cantidad reclamada, es decir, 21.511,28 €, más intereses legales y con imposición de costas a la parte contraria.

SEGUNDO

El objeto de la litis se centra en determinar, por un lado, si atendiendo al contrato de arrendamiento de servicios mediante el cual el demandante encomendó a la demandada la asesoría contable y fiscal del negocio de Expendeduría de Tabaco y Timbre del Estado del cual es titular, se ha producido una infracción de la lex artis ad hoc por la parte demanda, al confeccionar las declaraciones de la renta de los ejercicios...

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