Resumen
Los recursos ordinarios
El recurso de apelaciónFacultades del órgano ad quemValoración de la pruebaNo procede la modificación de la apreciación que de los hechos enjuiciados se realiza por el Juez a quo con arreglo a las reglas de la sana crítica conforme a los arts. 741 y 142 de la LECRIM, estando permitida dicha modificación cuando del examen de las actuaciones se evidencia un palpable error del Juzgador a quo al fijar su resultado probatorio o se haya prescindido de alguna prueba de importancia manifiesta o se haya producido sobre un hecho básico una interpretación ilógica o torcida.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia nº 776/1999 de Audiencia Provincial - Barcelona, de 19 de Julio 1999
Ilmo Sr. Presidente D. Javier Arzua Arrugaeta Ilmos. Srs. Magistrados D. Jose Carlos Iglesias Martin Dª Mª José Magaldi PaternostroEn Barcelona a diecinueve de julio de mil novecientos noventa y nueveEn nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de Apelación el Proceso Abreviado nº 15/96. Rollo nº 759/99 sobre delito de alzamiento de bienes procedente del Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona, habiendo sido partes en ...
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