SAP Castellón 553/2019, 8 de Noviembre de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Noviembre 2019
EmisorAudiencia Provincial de Castellón, seccion 3 (civil y penal)
Número de resolución553/2019

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 914 de 2.018

Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castelló

Juicio Ordinario número 999 de 2.015

SENTENCIA NÚM. 553 de 2.019

Ilmo. Sr. e Ilmas. Sras.

Presidente:

Don ENRIQUE-EMILIO VIVES REUS

Magistrada:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Magistrada Suplente:

Doña MERCEDES BENGOCHEA ESCRIBANO

En la Ciudad de Castellón, a ocho de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día catorce de mayo de dos mil dieciocho por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castelló en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 999 de 2015.

Han sido partes en el recurso, como apelante, Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 de Castelló, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Mercedes Viñado Bonet y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Segiro Cozar Navarro, y como apelado, Banco de Sabadell, S.A., representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Carmen Rubio Antonio y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Sara Recatalá Chordá.

Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Enrique-Emilio Vives Reus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: " DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE la demanda formulada por la Procuradora Sra. Viñado Bonet, en nombre y representación de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000 de Castellón, contra la entidad BANCO SABADELL, S.A.,y enconsecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad BANCO SABADELL, S.A., a que abone a la parte demandante, y por los conceptos expresados en la presente resolución, cantidad de 1.112 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta la Sentencia, y a partir de la Sentencia los intereses del artículo 576 de la LEC ; sin expresa condena en costas.-".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 de Castelló, se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia condenando a abonar a la Comunidad de Propietarios 13.057 € adeudados, más los intereses legales y costas. Y subsidiariamente, abone a la Comunidad de Propietarios la cantidad de

6.116 € más los intereses legales y costas.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia confirmando la dictada en primera instancia con imposición de las costas causadas en la alzada a la parte apelante.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Diligencia de Ordenación de fecha 27 de febrero de 2019 se formó el presente Rollo y se designó Magistrado Ponente, se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 4 de julio de 2019 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 11 de septiembre de 2019, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por La Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000" se presentó el 24 de julio de 2.014, demanda de juicio monitorio contra la entidad "Banco Sabadell, S.A." en reclamación de la cantidad de 9.919,12 euros. Se fundamenta la pretensión de la actora en que la entidad demandada adeuda a la comunidad la cantidad reclamada por cuotas impagadas, procediéndose a la certificación de la deuda en la Junta General Ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2.014.

La entidad demandada se allanó parcialmente a la demanda monitoria, reconociendo adeudar la cantidad de 2.702,12 euros en concepto de cuotas de gastos comunes correspondientes a los ejercicios 2.011, 2012 y 2.013, oponiéndose al resto de la cantidad reclamada, ya que el importe de 7.217 euros no se corresponde a "cuotas impagadas".

Ante la oposición formulada, la comunidad actora presentó el 13 de mayo de 2.015, demanda de juicio ordinario solicitando en el suplico se condene a Banco Sabadell, S.A. al pago de la cantidad de 13.057,00 euros, más los intereses legales y las costas. Se fundamenta la pretensión de la parte actora en los siguientes hechos, expuestos en síntesis: El inmueble de la demandada adeudaba en fecha 13 de enero de 2.014, la cantidad de 9.919,12 euros. En fecha 11 de febrero de 2.015, la demandada abonó en la cuenta de la Comunidad la cantidad de 2.702,12 euros correspondientes a la cantidad antes citada, más otro ingreso por importe de 1.125,00 euros, correspondientes a los cuatro trimestres del ejercicio 2.014 y primer trimestre del ejercicio 2.015, estos últimos cinco trimestres no reclamados en la petición inicial de procedimiento monitorio inicial. La totalidad de la deuda tiene su origen en el impago...

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