SAP Madrid 13/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteGUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
ECLIES:APM:2007:975
Número de Recurso147/2005
Número de Resolución13/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00013/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

-

N.I.G. 28000 1 7002122 /2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 147 /2005

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 524 /2003

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de MADRID

Ponente:ILMO. SR. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL

AP

De: Carlos Antonio

Procurador: MARIA AMAYA CASTILLO GALLO

Contra: Juan LIBERTY SEGUROS.

Procurador: MARIA MACARENA RODRIGUEZ RUIZ, ADELA CANO LANTERO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL

Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ

Dª. Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid a veintitrés de enero de dos mil siete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia

Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 524/03, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Jesús Carlos, y de otra, como apelados-demandados Juan y Liberty Seguros S.L..

VISTO, siendo Magistrado Ponente El ILMO. SR. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº12 de Madrid, en fecha 8 de Noviembre de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por Jesús Carlos contra D. Juan y Liberty Seguros S.L. absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda, con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 26 de octubre de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 16 de enero de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandado D. Juan intervino como Abogado, dirigiendo los intereses del demandante D. Carlos Antonio (hoy D. Jesús Carlos ) en el procedimiento que se siguió a instancia del mismo contra Revestimientos Técnicos Arsán S.L. ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

Al Sr Jesús Carlos se le había reconocido, en el mes de marzo de 1999, una incapacidad permanente en grado de incapacidad permanente total, de origen profesional, e imputando el hecho -la incapacidad producida- a la falta de medidas de seguridad e higiene que debía observar la empresa demandada Revestimientos Técnicos Arsán S.L. le reclamó por esta razón en el procedimiento tramitado ante el mencionado Juzgado de lo Social una indemnización de daños y perjuicios de 34.966.008 pesetas, después rebajada en el curso del procedimiento. El Juzgado dictó sentencia el 23 de noviembre de 1999, desestimatoria de la demanda, la no constar la existencia de falta de medidas de seguridad e higiene en la realización del trabajo. Contra esta sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, recayendo sentencia el 5 de julio de 2000 de la Sala...

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