SAP Asturias 324/2007, 14 de Septiembre de 2007
Ponente | JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO |
ECLI | ES:APO:2007:2372 |
Número de Recurso | 374/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 324/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
OVIEDO
SENTENCIA: 00324/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000374 /2007
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO
DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO
DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
En OVIEDO, a catorce de Septiembre de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 224/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Oviedo, Rollo de Apelación nº 374/07, entre partes, como apelante y demandante DOÑA Fátima y como apelados y demandados SEGUROS MERCURIO, S.A y TRANSPORTES UNIDOS DE ASTURIAS, S.A.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha treinta de abril de dos mil siete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Víctor Lobo Fernández, en nombre y representación de Fátima contra TUA y la aseguradora Mercurio, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones de la actora a quien impongo el pago de las costas.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Doña Fátima, y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO.
Frente a la sentencia de instancia que rechazó la demanda se alza la actora Doña Fátima insistiendo en su pretensión de resarcimiento de los daños ocasionados al vehículo de su propiedad matrícula U-....-XP a consecuencia del impacto sufrido por parte del autobús de la línea TUA matrícula 1033-CGM al invadir el carril por donde aquél circulaba, pretensión que cifró en 549,34 euros más los intereses legales pertinentes, y que dirigió frente a dicha empresa así como su aseguradora Mercurio, S.A en virtud de los arts. 1 y 7 de la LRCSCVM en relación con el art. 76 de la LCS.
Analizando la prueba de autos, nos encontramos con versiones contradictorias entre las partes, pues mientras la actora y ahora recurrente sostiene que la causa del siniestro fue la invasión por el autobús del carril contrario, la demandada aduce el origen del accidente al hecho de no haber respetado la conductora del vehículo la señal de ceda el paso que le incumbía en su marcha.
Del examen del atestado levantado por la Policía Local de Oviedo, elemento probatorio que podría coadyuvar a dirimir la cuestión, se echa en falta por este...
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