SAP Santa Cruz de Tenerife 679/1999, 17 de Julio de 1999
Ponente | Eugenio Santiago Dobarro Ramos |
Número de Resolución | 679/1999 |
Fecha de Resolución | 17 de Julio de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife |
Ilmos. Sres.
Presidente:
ROBERTO ROLDAN VERDEJO
Magistrados:
PABLO JOSE MOSCOSO TORRES
EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
En la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de Julio de mil novecientos noventa y nueve.
VISTO por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados, el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en los autos de Juicio de Cognición nº 0073/98 seguidos ante el INSTRUC. Nº. 1 (ANTES MXTO. 1) S/C TFE en virtud de demanda interpuesta por CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO contra ALLIANZ-RAS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representado ante esta Sala por el Procurador MONTSERRAT PADRON GARCIA; han pronunciado en nombre de el Rey la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS, con base en los siguientes:
Por el INSTRUC. Nº. 1 (ANTES MXTO. 1) S/C TFE, en autos de Juicio de Cognición, se dictó sentencia, por el Magistrado-Juez DON SALVADOR IGLESIAS MACHADO, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: Que estimando la demanda presentada por CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS bajo la dirección del Letrado del Estado, contra la Entidad Mercantil Allianza Ras SEguros y Resaseguros S.A. representados por el Procurador Sra. Padrón García, bajo la dirección del Letrado Sr. Mario Zurita Aranay, debo condenar y condeno a la entidad demandada a que abone al Consorcio de Compensación deSeguros la cantidad de 622.297 pesetas más el interés legal del dinero, publicado anualmente la Ley General Presupuestaria, incrementando en ,un 25 por ciento, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada expresando las alegaciones en que se basa su impugnación del que se dió traslado a la parte contraria que presentó escrito de impugnación y de adhesión dentro del plazo concedido, remitiendo el Juzgado los autos a esta Audiencia con los escritos presentados.
Se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 13 de Julio de 1999.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Que el recurso de apelación formulado contra la sentencia de la primera instancia por la parte demandada, solicita la revocación de la misma en base a que en la fecha del siniestro ,28 de marzo de 1992, la motocicleta había sido transmitida, y se había extinguido el contrato. La parte actora impugna el recurso , y, asimismo, se adhiere al recurso por estimar que el 25 por ciento lo es respecto a la cantidad indemnizada no de los intereses.
De lo actuado aparece que la parte actora Consorcio de Compensación de Seguros, ha satisfecho la suma de...
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