SAP Vizcaya 535/2007, 9 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN
ECLIES:APBI:2007:2364
Número de Recurso578/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución535/2007
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 5ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016666

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.06.2-05/002929

A.p.ordinario L2 578/06

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Getxo)

Autos de Pro.ordinario L2 192/05

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Recurrente: ALQUILERES DIVERSOS S.L. Y EXPOVAS TRUCKS S.L.

Procurador/a: CONCEPCION IMAZ NUERE

Abogado/a: OSCAR JULIO CALDERON PLAZA

Recurrido: AXA AURORA IBERICA SA

Procurador/a: GONZALO AROSTEGUI GOMEZ

Abogado/a: CARLOS AROSTEGUI GOMEZ

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SENTENCIA Nº 535/07

PRESIDENTE

Dª. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ

MAGISTRADOS

Dº. LEONOR CUENCA GARCÍA

Dº. MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN

En la Villa de Bilbao, a 9 de noviembre de 2007.

Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia ante el Juzgado de primera instancia nº 1 de Getxo y del que son partes como demandante ALQUILERES DIVERSOS SL, representado por la Procuradora Dña Concepción Imaz Nuere y dirigido por el Letrado D. Oscar Caldon Plaza, y como demandados AXA AURORA representado por la Procuradora Dña Isabela Egusquiza Gonzalez-Gil y dirigido por el Letrado D. Carlos Arostegui, y OBRAS PUBLICAS VASCAS SL, en situación procesal de rebeldia,siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 24 de mayo de 2006, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procurdora Sra. Imaz Nuere, en nombre y representación de la entidad Alquileres Diversos SL, debo condenar y condeno a la entidad Obras Públicas Vascas SL a que abone a la entidad Alquileres Diversos SL la cantidad de 1.500 euros, absolviendo a las entidades Obras Públicas Vascas SL y a la entidad Aseguradora Axa de lo demás pedimentos contenidos en ella, con imposición de las costas ocasionadas a la entidad Axa a la entidad actora y sin que se haga expresa imposicion del resto de las costas ocasionadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Alquileres Diversos S.L. y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

TERCERO

Para la votación y fallo del presente recurso se señaló el día y hora correspondiente.

CUARTO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se alza la representación actora frente a la sentencia de primera instancia en lo que en ella se ha desestimado la pretensión resarcitoria que deduce en el proceso por lucro cesante debido a la paralización del camión siniestrado para su reparación tras el accidente de autos, camión que esta parte destinaba a alquiler. Aduce en sustento de su recurso, en síntesis, que no ha sido probado en las actuaciones que el citado camión presentase anomalía ajena al siniestro que le impidiese circular como se valora por el juzgador a quo, conclusión que no puede extraerse ni del informe pericial de adverso ni del testigo legal representante de Dobel Auto, quien además no lo es de Bomloy, que es el taller encargado de los problemas mecánicos. Añade que en todo caso el problema existente en el eje del camión era anterior al propio siniestro, el que tuvo lugar estando alquilado...

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