SAP Vizcaya 535/2007, 9 de Noviembre de 2007
Ponente | MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN |
ECLI | ES:APBI:2007:2364 |
Número de Recurso | 578/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 535/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
Sección 5ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016666
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.06.2-05/002929
A.p.ordinario L2 578/06
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Getxo)
Autos de Pro.ordinario L2 192/05
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Recurrente: ALQUILERES DIVERSOS S.L. Y EXPOVAS TRUCKS S.L.
Procurador/a: CONCEPCION IMAZ NUERE
Abogado/a: OSCAR JULIO CALDERON PLAZA
Recurrido: AXA AURORA IBERICA SA
Procurador/a: GONZALO AROSTEGUI GOMEZ
Abogado/a: CARLOS AROSTEGUI GOMEZ
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SENTENCIA Nº 535/07
PRESIDENTE
Dª. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ
MAGISTRADOS
Dº. LEONOR CUENCA GARCÍA
Dº. MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN
En la Villa de Bilbao, a 9 de noviembre de 2007.
Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia ante el Juzgado de primera instancia nº 1 de Getxo y del que son partes como demandante ALQUILERES DIVERSOS SL, representado por la Procuradora Dña Concepción Imaz Nuere y dirigido por el Letrado D. Oscar Caldon Plaza, y como demandados AXA AURORA representado por la Procuradora Dña Isabela Egusquiza Gonzalez-Gil y dirigido por el Letrado D. Carlos Arostegui, y OBRAS PUBLICAS VASCAS SL, en situación procesal de rebeldia,siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN.
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.
Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 24 de mayo de 2006, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procurdora Sra. Imaz Nuere, en nombre y representación de la entidad Alquileres Diversos SL, debo condenar y condeno a la entidad Obras Públicas Vascas SL a que abone a la entidad Alquileres Diversos SL la cantidad de 1.500 euros, absolviendo a las entidades Obras Públicas Vascas SL y a la entidad Aseguradora Axa de lo demás pedimentos contenidos en ella, con imposición de las costas ocasionadas a la entidad Axa a la entidad actora y sin que se haga expresa imposicion del resto de las costas ocasionadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Alquileres Diversos S.L. y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
Para la votación y fallo del presente recurso se señaló el día y hora correspondiente.
En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales.
Se alza la representación actora frente a la sentencia de primera instancia en lo que en ella se ha desestimado la pretensión resarcitoria que deduce en el proceso por lucro cesante debido a la paralización del camión siniestrado para su reparación tras el accidente de autos, camión que esta parte destinaba a alquiler. Aduce en sustento de su recurso, en síntesis, que no ha sido probado en las actuaciones que el citado camión presentase anomalía ajena al siniestro que le impidiese circular como se valora por el juzgador a quo, conclusión que no puede extraerse ni del informe pericial de adverso ni del testigo legal representante de Dobel Auto, quien además no lo es de Bomloy, que es el taller encargado de los problemas mecánicos. Añade que en todo caso el problema existente en el eje del camión era anterior al propio siniestro, el que tuvo lugar estando alquilado...
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