SAudiencia Provincial, 23 de Diciembre de 1999

PonenteVICENTE CONCA PEREZ
Número de Recurso1423/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PEREZ

Dª AMPARO RIERA FIOL

Dª MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE

En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Retracto de arrendamiento, número 189/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona, a instancia de D. Gaspar , representado por el Procurador D. Angel Joaniquet Ibarz y dirigido por la Letrada Dª Nuria Cosialls Ferrer, contra D. Rodrigo Y D. Luis Miguel , representado por la Procuradora Dª. Marta Durban, y dirigido por el Letrado D. Ramno Centelles i Montoliu; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de Noviembre de 1998, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando integramente la demanda interpuesta por D. Gaspar contra D. Rodrigo Y D. Luis Miguel , debo declarar y declaro el derecho del actor a retraer la finca NUM000 NUM000 esc. B. del número NUM001 de la C/. DIRECCION000 de esta Ciudad, por el precio de 5.400.001 pesetas, con la adición de los gastos legítimos que correspondan a los demandados, a determinar en ejecución de sentencia, y debo condenar y condeno a estos últimos a estar y pasar por esta declaración y a otorgar la oportuna escritura de compraventa bajo apercibimiento de hacerlo de oficio, y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día QUINCE DE DICIEMBRE DE 1999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICENTE CONCA PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, D. Gaspar , ejercita acción de retracto arrendaticio en relación con la vivienda que ocupa, subastada en en procedimiento seguido frente al propietario. El único punto objeto del debate es el de la posible caducidad de la acción ejercitada, manteniendo las partes posturas encontradas, sosteniendo el demandado apelante que el actor tuvo conocimiento de las concretas condiciones de la venta judicial con mucha anterioridad a los sesenta días que la ley establecía para el ejercicio de esta acción, mientras que el actor apelado entiende, con la sentencia recurrida que la acción se ejercita dentro de tal plazo de caducidad, centrándose la polémica en la determinación del dies a quo.

Como hechos hay que destacar los siguientes: a) en el juicio ejecutivo 1105/95 seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 23 de los de esta ciudad se procedio a la subasta del piso de autos, adjudicándose en la subasta celebrada el 10 de septiembre de 1997 a los hoy demandados; b) el día 14 de octubre el actor arrendatario recibe notificación...

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