SAP Zaragoza 170/2007, 21 de Marzo de 2007

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2007:564
Número de Recurso447/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución170/2007
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00170/2007

SENTENCIA núm. 170/2007

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a veintiuno de marzo de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 1265/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 16 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 447/2006, en los que aparece como parte apelante-demandado D. Gerardo, representado por la procuradora Dª ANA BEGOÑA VIÑUALES MARCOS y asistido por la Letrado Dª FRANCISCA CARMEN BORBON TEJERO; y como parte apelada- demandante Dª María, representada por el procurador D. EDUARDO FORCADA GONZÁLEZ y asistida por la Letrado Dª ISABEL MARIA SÁNCHEZ APARICIO; siendo parte el MINISTERIO FISCAL y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 6 de abril de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando en parte la demanda formulada por la representación de Dª María contra D. Gerardo sobre modificación de medidas, y estimando asimismo en parte la Reconvención formulada por este último contra la actora, con la misma pretensión, debo declarar y declaro haber lugar a amabas modificando expresamente por esta Sentencia las cláusulas 2 y 3 del Convenio Regulador de 15 de febrero de 2002 aprobado por sentencia de 22 de mayo de 2003, quedando en lo sucesivo así redactadas y vigentes:

  1. ). La custodia del hijo común D. Romeo se otorga a la madre Sra. María, compartiendo los progenitores la autoridad familiar. El padre podrá visitar y tener consigo al hijo los fines de semana alternos desde las 19 horas del viernes a las 20 horas del domingo, así como la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa, Pilar y Verano, eligiendo el padre en años pares, y también los días festivos alternos no coincidentes con puente, desde las 10 a las 20 horas, haciéndosela entrega y recogida en todos los casos en el Punto de Encuentro Familiar de Zaragoza. La madre podrá llamar por teléfono al hijo cuando éste se halle con el padre, con total libertad, salvo a horas intempestivas.

  1. ) A). Como pensión de alimentos para el hijo menor, el Sr. Gerardo entregará a la Sra. María en los 5 primeros días de cada mes la cantidad de 500 euros que se actualizará anualmente cada 1 de Enero en proporción a las variaciones del IPC publicadas por el INE.

No se hace expresa condena en costas"

Y en fecha 21 de abril de 2006 se dictó Auto de Aclaración cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se aclara el contenido del efecto 2º de la parte dispositiva de la sentencia de Modificación de Medidas de fecha 6 de abril de 2006 y en consecuencia se aclara que los días festivos aislados, se repartirán alternativamente entre los progenitores y cuando coincidan con un puente, este corresponderá íntegramente al progenitor que le toque turno."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal del demandado se interpuso contra la misma recurso de apelación, solicitando asimismo el recibimiento del pleito a prueba, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y habiéndose solicitado prueba, y una vez practicada con el resultado que obra en el rollo, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 6 de marzo de 2007.

CUARTO

En la tramitación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR