Sentencia nº 383/2005 de AP Madrid, Sección 4ª, 18 de Noviembre de 2005

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Abogados Penal

Resumen


FALTA DE AMENAZAS. ASISTENCIA LETRADA. INDEFENSIÓN.- El defecto formal por falta de postulación letrada, aducido en la impugnación, debe ser rechazado, ya que la remisión del Art. 976 LECr a los arts. 790 a 792 del mismo cuerpo legal, lo es exclusivamente para la formulación y tramitación del recurso de apelación, lo que no implica que en esta segunda instancia sea preceptiva la asistencia de abogado. La alegada indefensión al acudir al juicio la denunciada sin letrado, mientras que la denunciante si lo hizo, debe desestimarse, porque en la cédula de citación para dicho acto se le advirtió expresamente de que podía ir con abogado, aunque no era preceptivo, siendo por consiguiente únicamente imputable a la propia apelante el que no hiciera uso de dicho derecho. En primera instancia se condena al imputado. Se desestima la apelación.-

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia nº 383/2005 de AP Madrid, Sección 4ª, 18 de Noviembre de 2005

ALEJANDRO BENITO LOPEZ

Juicio de Faltas nº 162/2005

Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid

Rollo de Sala nº 367/2005

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Ma...

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