SAP Barcelona, 18 de Octubre de 2002

PonenteMONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ
ECLIES:APB:2002:10374
Número de Recurso92/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA Núm.

Ilmas. Sras.

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MARÍA MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZÁLEZ

En la ciudad de Barcelona, a Dieciocho de Octubre de Dos Mil Dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Cognición nº 327/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Vic, a instancia de D. Mauricio , contra NOVA VILASSECA, SA. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de mayo de 2.001, por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando íntegramente la demanda instada por Ester Roqueta Mauri, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Mauricio contra NOVA VILASECA, y estimando la demanda reconvencional instada por NOVA VILASECA contra Mauricio debo DECLARAR y DECLARO la resolución del contrato de arrendamiento sito en la PLANTA000 n° NUM000 de la DIRECCION000 de Sant Vicent de Torelló. Se imponen las costas devengadas en el presente procedimiento a la parte actora Mauricio ".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 8 de Octubre de 2002.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZÁLEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la actora principal la sentencia de instancia que desestima íntegramente los pedimentos de la demanda y estima en cambio la demanda reconvencional en la que se solicitaba que se declarase extinguida la relación arrendaticia de la que el actor principal pretendía que se declarase lo contrario, es decir, su existencia. Los motivos de la apelación reiteran los de la contestación a la reconvención, esto es, la consideración de que debe estimarse la excepción de litisconsorcio pasivo necesario en la figura de sus hermanos, no demandados, y subsdiariamente, para el caso de que no fuera estimada, que el demandado reconvencional es el arrendatario, porque se subrogó en el lugar de su padre en 1976 y desde entonces la actora reconvencional ha venido cobrando los recibos de...

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