Resumen
"CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OBRA. PAGO DEL PRECIO. JUZGADO COMPETENTE. Se reclama en la demanda el pago del precio correspondiente a los trabajos realizados por el actor en una vivienda propiedad del demandado, sita en A Coruña. Nos encontramos, ante el ejercicio de una acción personal, derivada de un contrato de arrendamiento de obra, a lo que es de aplicación, a efectos de competencia territorial, el art. 62.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil el cual, a falta de sumisión expresa o tácita, fija como fuero principal ""el del lugar en que deba cumplirse la obligación. Y la jurisprudencia ha venido interpretando este inciso en el sentido de que el pago de las obras y suministros efectuados por cuenta ajena debe reclamarse y hacerse efectivo en el lugar en que aquellos y estos se lleven a cabo, sin que entren en juego en estos supuestos los fueron subsidiarios indicados en el mencionado precepto. Por lo que se accede a la cuestión de competencia promovida por la parte apelante, declarándose la competencia de los juzgados de A Coruña."
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Extracto
Sentencia nº 45/2000 de Audiencia Provincial - Orense, de 21 de Enero 2000
La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Abel Carvajales Santa-Eufemia, Presidente, doña Angela Domínguez-Viguera Fernández y doña Josefa otero Seivane, magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguienteEn la ciudad de Ourense a v...
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