Sentencia nº 9/2000 de AP Zaragoza, 18 de Enero de 2000
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Resumen
ARRENDAMIENTO URBANO. DESAHUCIO POR EXTINCIÓN DEL PLAZO. Dado que ambas partes tienen la facultad de resolver el contrato pero en el mismo no se acotó la duración, ni lo sometieron al régimen de prórroga forzosa, procede acudir a la fijación judicial ante la indeterminación del plazo contractual, siendo éste el único remedio, a la vista de la voluntad inicial de las partes y del conflicto surgido entre ellas. Teniendo en cuenta diferentes factores, entre ellos, el importe de las obras realizadas inicialmente para acondicionar el local al uso pactado, el tiempo transcurrido desde que comenzó la ocupación arrendaticia, así como las inversiones realizadas, corresponde prorrogar forzosamente el plazo para el arrendador. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la apelación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Desahuciado
Extracto
Sentencia nº 9/2000 de AP Zaragoza, 18 de Enero de 2000
Ilmos. Señores:
PresidenteD. Luis Fernández AlvarezMagistradosD. Julián Arqué BescósD. Francisco Acin GarósEn Zaragoza, a dieciocho de enero de dos mil.Visto, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación interpuesto por la actora, contra la sentencia dicta...Ver el contenido completo de este documento
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