Sentencia de Audiencia Provincial - Tarragona nº 11/2000, de 18 de Enero 2000

Audiencias Provinciales

Ponente Baltasar Tomás Carrasco
Sentencia nº 11/2000

Enlazado como:



Resumen


Falsedades

Reales

Falsedades documentales

Falsificación de documento oficial

A pesar de no existir constancia del documento del cual se aporta copia en el registro oficial, esto no deja de ser un indicio, que si está contradicho por otros indiciostendentes a la veracidad de la copia, no es suficiente para condenar por falsedad.

Legislación citada: C.P. 1973 Arts.302, 309; L.E.C.R.I.M. Art. 741

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Extracto


Sentencia nº 11/2000 de Audiencia Provincial - Tarragona, de 18 de Enero 2000

Ilmos. Sres.

D. Luis A. Mallo Mallo. Presidente.

D. Miguel Angel Amez Martínez. Magistrado.

D. Baltasar Tomás Carrasco. Magistrado Suplente.

En León a dieciocho de enero de dos mil.

Vistos ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en Audiencia Pública y en grado de apelación los autos de Procedimiento Abreviado número 263/98, procedentes del Juzgado de lo Penal...

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