Resumen
MEDIDA CAUTELAR. DENEGACIÓN. COSTAS PROCESALES. La actora impugna el auto por el que se le denegó la medida cautelar solicitada y se le impusieron las costas. El artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Civil remite en el procedimiento de medidas cautelares a los criterios establecidos en el artículo 394 para la imposición de las costas procesales. En consecuencia la desestimación de las pretensiones de la parte actora determina la imposición a la misma de las costas como se declara en el Auto apelado. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima la apelación.
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Extracto
Auto nº 109/2005 de Audiencia Provincial - Sevilla, , Sección 2ª, de 29 de Abril 2005
AUTO Nº 109AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLASección SegundaPRESIDENTE ILMO. SR.DON MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCÍA.MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO DON ...
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