SAP Valencia 202/2000, 20 de Marzo de 2000
Ponente | JOSE MARTINEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:APV:2000:1826 |
Número de Recurso | 811/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 202/2000 |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª |
SENTENCIA Nº: 202/2000
Ilustrísimos Sres.:
MAGISTRADOS
D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ
D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA
D. ANTONIO PARDO LLORENS
En la ciudad de Valencia a, veinte de Marzo de dos mil.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo Sr.
D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ, del presente rollo de apelación número 811/99, dimanante de los autos de Juicio Verbal Civil promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 11 de los de Valencia, bajo el número 627/97, entre partes; de una, como demandante-apelante a D. Carlos Jesús , representado por la Procurador Dª Celia Sin Sanchez y de otra como demandado-apelado a Consorcio Compensación de Seguros, representado por el Ilmo. Sr. Abogado del Estado, y D. Juan Ignacio , del que se desistió, sobre reclamación de cantidad, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandante.
La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia número 11 de los de Valencia, en fecha diecisiete de Julio de mil novecientos noventa y nueve, contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por D. Carlos Jesús , representado por la Procurador de los Tribunales Dª Celia Sin Sanchez contra D. Juan Ignacio , de quien se ha desistido y contra el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, representado por el Abogado del Estado, debo de absolver y absuelvo a este codemandado de todos los pedimentos contra él contenidos en la demanda, condenando en costas a la actora.-Notifiquese la presente resolución ... ".
Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el demandante, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Son hechos probados que el día 23 de Marzo de 1996, cuando se encontraba el turismo Citroen C-15, K-....-KJ , correctamente estacionado en la calle Francisco Císcar de Paiporta fue golpeado por el turismo Alfa Romero 75, K-....-KB , propiedad del codemandado Juan Ignacio , el cual había sido sustraído el día anterior, causándole daños al vehículo del actor por importe de 184.280 pesetas,...
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