Sentencia de Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª nº 395/2007, de 05 de Octubre 2007
Recurso nº 330/2007, Ponente JOSE REQUENA PAREDES
Sentencia nº 395/2007
Recurso nº 330/2007, Ponente JOSE REQUENA PAREDES
Sentencia nº 395/2007
Resumen
COMPRAVENTA. La calificación que hace la sentencia interpretando o, por mejor decir, haciendo aplicación directa de un pacto cuya claridad no admite otra interpretación, es entender que fue voluntad de las partes y así se estampó en el contrato y se aceptó por ambas el dejar a cada una de las partes la voluntad de desistir en un momento en el que aún no se había iniciando la construcción y ni siquiera se había obtenido la licencia para edificar que lo fue el 18 de noviembre de 2.004 y que bien pudo ser la razón por la que se estipuló en esos términos la controvertida cláusula que ahora se denuncia tanto contraria a los principios básicos de la contratación como, planteando cuestión nueva, no alegada en la demanda, de abusiva y contraria a la Ley de consumidores y usuarios en materia de vivienda. Se estima en parte la apelación.
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Extracto
Sentencia nº 395/2007 de Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª, de 05 de Octubre 2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERAROLLO Nº330/07 - AUTOS Nº32/06JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº OCHO DE GRANADAASUNTO: P. ORDINARIOPONENTE SR. JOSÉ REQUENA PAREDESS E N T E N C I A N Ú M.395 ILTMOS. SRES.PRESIDENTED.JOSÉ REQUENA PAREDESMAGISTRADOSD.ANTONIO GALLO ERENAD.JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDTEn la Ciudad de Granada, a cinco de octubre de dos mil siete.La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 330/07- los autos de P. Ordinario nº 32/06, del Juzgado de Primera Instancia nº Ocho de Granada, seguidos en virtud de demanda de D. Guillermo contra INMOBILIARIA HERMANOS GONZÁLEZ, S.L.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha quince de febrero de dos mil siete, cuya parte dispositiv...Ver el contenido completo de este documento
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