Sentencia nº 368/2007 de AP Tarragona, Sección 3ª, 16 de Noviembre de 2007

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Resumen


COMPRAVENTA.ARRAS.REPRESENTACION.RECLAMO DE CANTIDAD. Cuando el actor acude a una inmobiliaria con la intención de adquirir un inmueble, y dicha inmobiliaria( a través de su representante) le enseña la finca, es lógico que confié en la apariencia creada, esto es que el intermediario mobiliario se encuentra autorizado por el propietario y si firma un contrato de pago y señal que también esta autorizado para ello. Cosa distinta son las relaciones internas entre propietario e inmobiliaria, si bien a ellos es ajeno el comprador quien ha actuado de buena fe. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelación.

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☞ Sentencia Favorable a: Comprador

Extracto


Sentencia nº 368/2007 de AP Tarragona, Sección 3ª, 16 de Noviembre de 2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCION TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 93 / 2007.

JUICIO VERBAL Nº 20/06

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 - TORTOSA

SENTENCIA Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. JOAN PERARNAU MOYA

MAGISTRADOS

D. MANUEL GALAN SANCHEZ

DÑA. Mª ANGELES BARCENILLA VISUS (SUPLENTE)

En Tarragona, a 16 de noviembre de 2.007.

Visto por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial el presente recurso de apelación interpuesto por D. M...

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