SAP Granada 32/2007, 26 de Enero de 2007
Ponente | JOSE MARIA JIMENEZ BURKHARDT |
ECLI | ES:APGR:2007:34 |
Número de Recurso | 401/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 401/06 - AUTOS Nº 729/05
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANADA
ASUNTO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO
PONENTE SR. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT
S E N T E N C I A N Ú M. 32
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. JOSE REQUENA PAREDES
MAGISTRADOS
D. ANTONIO GALLO ERENA
D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT
En la Ciudad de Granada, a veintiseis de Enero de dos mil siete.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 401/06- los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 729/05, del Juzgado de Primera Instancia nº 2 DE GRANADA, seguidos en virtud de demanda de Marta contra Lucas.
Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintidós de marzo de dos mil seis, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE ESTIMA la demanda presentada por el Procurador D. Angel Fábregas García, en nombre y representación de DOÑA Marta, declarando extinguido el condomino respecto de la vivienda descrita en el Hecho Primero de la demanda y del que son titulares Doña Marta y Don Lucas.Procédase en trámite de ejecución de sentencia a la venta en pública subasta con intervención de licitadores extraños y al consiguiente reparto del producto obtenido de la misma entre los condueños.Se condena expresamente al pago de las costas procesales al demandado D. Lucas."
Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.
Que, por este Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada
Se interesa por el apelante que se decrete nulidad de actuaciones, reponiéndolas al momento de la contestación de la demanda y formulación de la reconvención, mandando seguir el juicio por sus trámites desde el citado momento, o bien, subsidiariamente, se dicte otra en su lugar revocando la sentencia de instancia y se dicte otra conforme al suplico de la demanda reconvencional. Petición, ésta ultima, que desde ahora...
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