Recurso nº 180/2001, Ponente MELCHOR ANTONIO HERNANDEZ CALVO
Sentencia nº 722/2001
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Id. vLex: VLEX-52097063
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Las mejoras, incluida la valla circundante de la finca, han sido efectivamente realizadas (prueba pericial contradictoria practicada por Don Eusebio ) y suponen mejoras útiles que otorgan un aumento del valor de la finca y el cambio de cultivo ha supuesto un mejor aprovechamiento agrícola y un aumento de rentabilidad y productividad permanente (informe pericial, folio 473), por lo que las mismas habrán de ser indemnizadas por la propiedad como acertadamente concluye el Juzgador de Instancia, y en la cantidad establecida en la sentencia recurrida. Se estima la demanda. Se desestima la apelación.

Constitución Española de 1978.
Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de Arrendamientos Rústicos. de 31 de diciembre, de Arrendamientos Rústicos.
Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre 1964, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos. de 24 de diciembre 1964, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Obligaciones
Novación
Proceso
Fases procesales
Fase de alegaciones
Excepciones procesales
Excepción de inadecuación del procedimiento
Arrendador
Obligaciones
Contratos
Arrendamientos
Arrendamientos rústicos
Plazo y terminación
Novación
Obligaciones
Contratos
Eficacia del contrato
Ineficacia del contrato
Resolución del contrato
Sentencia nº 722/2001 de Audiencia Provincial - Málaga, de 27 de Septiembre 2001
SENTENCIA N°722
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGASección 4ªILUSTRISIMO SRPRESIDENTED. FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTASMAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.D. MANUEL LOPEZ AGULLOD. MELCHOR HERNÁNDEZ CALVOREFERENCIA:JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. N° 1 DE TORROXROLLO DE APELACIÓN N° 180/2001JUICIO N° 153/2000En la Ciudad de Málaga a veintisiete de septiembre de dos mil uno.Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada enjuicio de Ley Arrendamientos Urbanos L. Especial seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso SOCIEDAD AZUCARERA LARIOS S.A. que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada defendido por el Letrado D. FLORES ALES, JOSE MARIA. Es parte recurrida Juan Ignacio que está defendido por el Letrado D. GOMEZ OTERO, RAFAEL, que en la instancia ha litigado como parte demandada.I.- ANT...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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