SAP Murcia 28/2008, 18 de Febrero de 2008

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2008:257
Número de Recurso429/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución28/2008
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA

Nº 28 /08 .

Ilmos. Sres.

D. María Jover Carrión.

Presidente

D. Jaime Giménez Llamas.

Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a dieciocho de febrero del año dos mil ocho.

Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario,

procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 59/05, Rollo nº 429/07,

en los que figura como demandante la entidad "EYMO S.A." representada por la Procuradora Sra. Gómez Gras y defendida por

el Letrado Sr. Romero Martínez y como demandados don Carlos Miguel, doña Magdalena e "I.A, Los

Ceperos S.L.", representados por el Procurador Sr. Navarro Fuentes y defendidos por el Letrado Sr. Morera Pastor; los cuales

penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 28 de

junio de 2.007, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecerde la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Graciela Gómez Gras, en nombre y representación de EYMO S.A. y condenando a los demandados don Carlos Miguel y su esposa doña Magdalena a abonar a la demandante la cantidad de 74.807,08 euros más intereses desde la fecha de presentación de la demanda y absolviendo a la también demandada I.A. Los Ceperos S.L., de todas las peticiones formuladas en su contra; sin hacer especial declaración en materia de costas."

Segundo

Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada, recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido a trámite, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Tercera donde se registraron con el número 429/07 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 15 de enero de 2.008, se señaló el día 18 de febrero siguiente, para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la parte demandante se pretende que se revoque la sentencia dictada en primera instancia y que, en su lugar, se dicte otra por la que se reduzca la cantidad por la que se le condena, a

47.120,00 euros y, subsidiariamente se le condene a abonar las cantidades que se recogen en el motivo Décimo de este Recurso (descontar 1.036,56 euros de la factura acompañada con los números 10 a 12) y, en todo caso, que la condena a abonar los intereses lo sea desde la fecha de la sentencia, no desde la demanda.

Los demandados fundamentan su pretensión en los múltiples errores que aparecen en la sentencia, relativos a la apreciación de las pruebas practicadas, a las manifestaciones de las partes y a la apreciación de la carga de la prueba.

Previamente, hemos de señalar que don Carlos Miguel y su esposa doña Magdalena, encargaron a la mercantil demandante, al ser amigos del gerente de actora, la construcción de una pequeña nave unida a unas cavas de los demandados, sita en la finca "Los Ceperos" de Cehegín, acordando un precio de

5.500.000 pesetas, sin que se firmase documento alguno, dada la amistad que unía a las partes. No obstante la obra realizada fue mucho mayor, llegando a los 370,88 m2, estimándose inicialmente en unos

90.986,53 euros. Los demandados fueron requeridos de pago en dos ocasiones, sin que hasta el día de hoy hayan pagado alguna cantidad de lo adeudado a la actora.

De ello resulta que la apelación versa, exclusivamente, sobre la cantidad que han de pagar los demandados (sólo don Carlos Miguel y su esposa, dado que la "I.A. Los Ceperos" fue absuelta en primera instancia), por considerar excesiva la cantidad...

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