Resumen
CONTRATO DE PERMUTA. Se reclama contrato de permuta de solar a cambio de edificación. De acuerdo con el artículo 1826 del CC el fiador puede obligarse a menos, pero no a más que el deudor principal. Dicho precepto precisa el alcance de la responsabilidad del fiador. El contenido de la obligación del fiador está representado por la propia prestación que debe cumplir en defecto del cumplimiento de la obligación principal y su finalidad es asegurar al acreedor de ésta la satisfacción del interés buscado al constituirla y, por tanto, la mejor fórmula para ello será que el fiador asuma una obligación con el mismo contenido que la garantizada. En primera instancia se desestimó la demanda. Se desestima apelación.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia nº 95/2004 de Audiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª, de 18 de Mayo 2004
AUDIENCIA PROVINCIALSECCION PRIMERAH U E L V ARollo 126/2004Procedimiento ordinario 889/2003Juzgado de Primera Instancia número 6 de HuelvaAPELANTE: D. Oscar APELADO: D. Fidel S E N T E N C I AIlmos. Sres:Presidente:D. Joaquín Sánchez UgenaMagistrados:D. Fructuoso Jimeno FernándezD. Santiago García GarcíaEn la ciudad de Huelva a dieciocho de mayo del año dos mil y cuatro.Esta Audiencia Provincial compuesta por los Magistrados anotados al margen y bajo la ponencia del Iltmo. Sr. D. Fructuoso Jimeno Fernández, HA VISTO en grado de apelación el recurso interpuesto por D. Oscar y D. Fidel , representados...
Ver el contenido completo de este documento
