SAP Cádiz 214/2007, 13 de Abril de 2007
Ponente | RAMON ROMERO NAVARRO |
ECLI | ES:APCA:2007:501 |
Número de Recurso | 131/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 214/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ
SECCION 5ª
Presidente: Don Carlos Ercilla Labarta
Magistrados: Don Angel Sanabria Parejo y Don Ramón Romero Navarro
Juzgado de Primera Instancia núm 4 de Algeciras
Asunto núm 411/2004
Rollo de apelación núm 131 / 2007
S E N T E N C I A 214/2007
En Cádiz a trece de abril de dos mil siete.-
Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por Marina y en el que es parte recurrida Emilio, ninguno de los cuales se ha personado en esta alzada.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ramón Romero Navarro, que expresa el parecer de esta Sala y en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Que por la Iltma. Sra. Magistrado- Juez de Primera Instancia núm 4 de Algeciras con fecha 14 de junio de 2006 dictó sentencia en los presentes autos, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo desestimar y desestimo, la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Dª Laura Cuevas, en nombre y representación de Dª Marina contra Dª Emilio, representado por el procurador Dª Silvia Moreno con expresa condena en las costas causadas en el presente procedimiento.".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte apelante se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por entender lesiva para sus intereses la resolución de instancia. Admitido que lo fue en ambos efectos, y formalizado alegando los motivos de disentimiento con la sentencia, se dio traslado del escrito de formalización a la parte contraria por plazo de diez días a fin de que pudieran oponerse al recurso o impugnar la resolución. Transcurrido dicho término se elevaron a esta Audiencia los autos originales con los escritos presentados.-
Recibidos los autos, formado el rollo correspondiente para sustanciar la apelación, turnada que fue la ponencia, transcurrido el término de emplazamiento y no habiéndose propuesto prueba en el escrito de interposición, quedaron los autos conclusos para dictar resolución dentro del término legal, luego de señalarse día para la deliberación y votación.-
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.-
La demanda o mejor dicho, la acción sustanciada en el presente procedimiento no es otra que la de nulidad de la estipulación tercera del convenio regulador ya que no concurre-se señala en...
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