Sentencia de Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª nº 361/2001, de 21 de Mayo 2001

Audiencias Provinciales

Recurso nº 578/2000, Ponente RAFAEL MORALES ORTEGA
Sentencia nº 361/2001

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Resumen


"COOPERATIVAS. BAJAS. DERECHOS A REEMBOLSO. La baja voluntaria de un socio en una Cooperativa se produce de forma automática en el momento y desde la fecha misma en que tal socio comunica a la Cooperativa su voluntad en tal sentido"", y transcurridos cinco años desde dicha fecha, aquel tendrá pleno derecho a que se le devuelva la cantidad reclamada en su demanda, debiendo entonces la devolución ser íntegra sin deducción alguna por pérdidas o por cualquier otra causa o motivo, pues transcurrido dicho plazo, concedido en beneficio de la Cooperativa, no puede ésta excepcionar la compensación por cantidad alguna ya que se trata de un plazo de caducidad, que extingue el derecho de la misma de exigir responsabilidad al socio. Se estima la apelación. "

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Extracto


Sentencia nº 361/2001 de Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª, de 21 de Mayo 2001

D. JOSE CALIZ COVALEDAD. RAFAEL MORALES ORTEGAD. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ

SENTENCIA Núm. 361

Iltmos. Sres.

Presidente

D. JOSE CALIZ COVALEDA

Magistrados

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ

En la ciudad de Jaén, a veintiuno de Mayo de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía ...

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