SAP Barcelona, 14 de Enero de 2004

PonenteJOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2004:310
Número de Recurso188/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

Dª. Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSAD. FRANCISCO HERRANDO MILLÁND. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-PRIMERA

ROLLO Nº 188/2003

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 319/2002

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 53 DE LOSDE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

  1. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

  2. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a catorce de enero de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 319/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 53 de los de Barcelona, a instancia de D. Andrés , contra BAJA BEACH CLUB OLÍMPIC VILLAGE S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de Noviembre de 2.002, por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE la demanda presentada por el Procurador D. José-Joaquín Pérez Calvo en representación de D. Andrés contra "BAJA BEACH CLUB OLÍMPIC VILLAGE, S.L.", representada por el Procurador D. José-Rafael Ros Fernández, y en consecuencia:

  1. - CONDENO a "BAJA BEACH CLUB OLÍMPIC VILLAGE, S.L." a abonar al demandante D. Andrés la cantidad de 3.602'13 Euros(TRES MIL SEISCIENTOS DOS EUROS CON TRECE CÉNTIMOS).

  2. - ABSUELVO a la citada entidad demandada en cuanto a la superior cantidad reclamada en la demanda.

  3. - CONDENO a "BAJA BEACH CLUB OLÍMPIC VILLAGE, S.L." al pago de las costas derivadas del presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó en tiempo y forma mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 8 de Enero de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En línea con los argumentos vertidos por la recurrente "BAJA BEACH CLUB OLÍMPIC VILLAGE S.L." procede revocar la resolución de primer grado por la que se condena a dicha entidad mercantil a que pague al actor DON Andrés la suma de 3.602'13 Euros en concepto de indemnización por las lesiones y secuelas sufridas por dicho demandante como consecuencia de la agresión sufrida por éste, sobre las 3 horas del 19 de Abril de 1.998 cuando se hallaba en los accesos al local regentado por "BAJA BEACH" de la demandada, procediendo afirmar las siguientes premisas de conslusión:

  1. la objetivización del concepto de imputabilidad, consecuencia de la realidad social y el desarrollo técnico inserto...

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