Resumen
ARRENDAMIENTO DE OBRA. DEFICIENCIAS CONSTRUCTIVAS. RESPONSABILIDAD. SOLIDARIDAD. Se reclama la reparación de deficiencias constructivas. Que se impugne el alcance solidario de la responsabilidad y, en concreto, el porcentaje del 50% que le afecta , no encuentra un soporte probatorio a la vista de lo argumentado en la sentencia, porque allí se distribuye ponderadamente un porcentaje de responsabilidad solidaria frente a las dificultades por establecer la individualización exacta, carente de una base que goce de la suficiente precisión. En primera instancia se admite la demanda. Se desestima la apelación.
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Extracto
Auto nº 288/2005 de Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª, de 16 de Mayo 2005
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25MADRIDSENTENCIA: 00288/2005Fecha:16 de Mayo 2005Rollo:RECURSO DE APELACION Nº 208/2004 Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ Apelante:ARCUSA SOCIEDAD PATRIMONIAL, S.L. yD. SergioPROCURADOR: Dª Mª DEL MAR MARTÍNEZ BUENO yD. JESÚS VERDASCO TRIGUEROApelado:DIRECCION000 DE AJALVIR,D. Alejandro,D. Blas yCONTRATAS RACUL 2000, S.L.PROCURADOR: D. JOSÉ RAMÓN REGO RODRÍGUEZ,Dª Mª IRENE ARNÉS BUENO,Dª TERESA PUENTE MÉNDEZ yNotificaciones: Dª Emilia (Administradora)Autos: MENOR CUANTÍA Nº 699/00Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 71 DE MADRIDIlmos. Sres. Magistrados:D. FRANCISCO MOYA HURTADOD. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ D. CARLOS LÓPE...
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