SAP Barcelona 407/2005, 15 de Junio de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución407/2005
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 12 (civil)
Fecha15 Junio 2005

D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTOND. PAULINO RICO RAJOD. ANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DOCE

ROLLO Nº 337/2005-B

MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS Nº 502/2002

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE VILAFRANCA DEL PENEDES

S E N T E N C I A N ú m. 407/05

Ilmos. Sres.

D./Dª. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

D./Dª. PAULINO RICO RAJO

D./Dª. ANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL

En la ciudad de Barcelona, a quince de junio de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación Medidas Definitivas nº 502/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilafranca del Penedes, a instancia de D/Dª. Miguel, contra D/Dª. Antonieta; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de Diciembre de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado, habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda de modificación de medidas definitivas de divorcio interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Carme Sole Esteve en nombre y representación de Miguel, se modifican las medidas adoptadas en sentencia de divorcio de 27 de enero de 2.001 en los siguientes extremos: Atribuir al padre la guarda y custodia del hijo menor, Iván, siendo compartida entre ambos conyuges la patria potestad. Otorgar a la madre un régimen de visitas consistente en fines de semana alternos desde la salida del colegio el viernes hasta la entrada en el mismo el lunes, así como, en quellas semanas donde la madre no disfrute de fin de semana, un día intersemanal, el miercóles, desde la salida del colegio hasta las 21 horas. Asimismo se atribuye a la madre la mitad de las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y Verano, comenzándo a disfrutar de la primera mitad los años pares y de la segunda los impares; todo ello sin perjuicio de que las partes puedan llegar a mejores acuerdos. La obligación de la madre de abonar en concepto de pensión de alimentos para el hijo la suma de 50 euros mensuales que deberá ser ingresada en la cuenta que el padre a tal efecto señale en los primeros cinco días de cada mes, cantidad que será actualizable anualmente de acuerdo con las variaciones porcentuales del IPC o indice de referencia equivalente en Cataluña, así como la obligación de abonar la mitad de los gastos extraordinarios acreditados que genere el menor."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 2 de Junio de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. PAULINO RICO RAJO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la Sentencia apelada en lo que no se contradigan con los de esta resolución y,

PRIMERO

Contra la Sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2004 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilafranca del Penedès en el procedimiento sobre modificación de medidas de Sentencia de divorcio registrado con el número 502/2002 seguido a instancia de Don Miguel contra Doña Antonieta, cuyo fallo ha quedado transcrito en el antecedente de hecho primero de esta resolución, interpone recurso de apelación la Sra. Antonieta en solicitud de que "es digni resoldre el Recurs en el sentit d'estimar-lo i, revocant la sentència de primera instancia, es desestimi la demanda instada pel senyor Miguel i es denegui la modificació de les mesures adoptades en la sentència de divorci de 27 de gener de 2001, amb imposició a l'actor de les costes d'ambdues instáncies", a cuyo recurso de apelación se oponen tanto el Sr. Miguel...

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