SAP Albacete 125/2006, 18 de Septiembre de 2006

PonenteEDUARDO SALINAS VERDEGUER
ECLIES:APAB:2006:587
Número de Recurso280/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución125/2006
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

0000280 /20056@

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil 280/05

S E N T E N C I A NUM. 125

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos.Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. José García Bleda

D. Manuel Mateos Rodríguez

En Albacete a dieciocho de septiembre de dos mil seis.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 440/05 de juicio de modificación de medidas seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Albacete y promovidos por Tomás contra María Rosario ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 15 de julio de 2.005 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso el referido demandante. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 14 de noviembre de 2.005.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Llanos Ramírez Ludeña, en nombre y representación de D. Tomás, contra Dª. María Rosario, y absuelvo a la misma de los pedimentos deducidos en su contra.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días siguientes a su notificación en este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Albacete.- Así por esta mi Sentencia, en nombre de S.M. El Rey, de la que se llevará el original al libro, dejando testimonio en autos, lo pronuncio, mando y firmo.".

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el demandado, representado por medio de la Procuradora Dª. Llanos Ramírez Ludeña, bajo la dirección del Letrado D. Leandro Balibrea García, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por el Procurador D. Antonio López Luján, bajo la dirección de la Letrado Dª. Angelina Hurtado Sandoval, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo los mencionados Procuradores en las representaciones indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia en esta instancia, dado el volumen de asuntos pendientes de resolver de carácter preferente.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Eduardo Salinas Verdeguer.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor recurre la sentencia en la que se rechazó su petición de modificación de las medidas derivadas de su separación, repite su petición de que se suprima la pensión compensatoria a favor de su mujer y, subsidiariamente, la solicitud de que se reduzca su duración y cuantía, argumenta que han variado sustancialmente las circunstancias que motivaron la pensión compensatoria, porque la demandada mantiene una relación sentimental con un tercero y porque se ha vendido la vivienda ganancial, percibiendo la esposa demandada una cantidad que le permite sostenerse.

SEGUNDO

Para que prospere la petición de modificación de la pensión fijada en sentencia de separación, no son útiles las razones o argumentos sobre la justicia o equidad de la resolución que se pretende modificar, pues el objeto de los pleitos como éste es únicamente...

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